Sección II - Administración Autonómica. Junta de Extremadura. Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible. (BOP-2024-3790)
BOP-2024-3790 AT-9543. Cambio de máquina del CTIA "Finca Malpartida 1" N.º140301580 y paso de B1 a B2 de la tensión de los suministros del mismo, en el término municipal de Coria (Cáceres).
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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legislación vigente, y considerando lo expuesto en los antecedentes de hecho y en los
fundamentos de derecho este Servicio
RESUELVE:
Conceder a I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, SAU., reconocimiento en concreto de la utilidad
pública de las instalaciones correspondientes al proyecto denominado “Cambio de máquina del
CTIA "Finca Malpartida 1" N.º 140301580 y paso de B1 a B2 de la tensión de los suministros
del mismo, en el término municipal de Coria (Cáceres)”, cuyos datos esenciales son los
indicados seguidamente:
Sustitución Transformador aumento de potencia del CTIA "Finca Malpartida 1"
Tipo: Intemperie sobre apoyo, sobre nuevo apoyo A1 y desmontaje del apoyo 2020.
Potencia: 100 kVA.
Relación de transformación: 13,2-20/ 0,400- 0,242 kV.
Nuevo apoyo a instalar como sustitución del actual apoyo 2020.
Instalación de un cuadro de BT para centros de intemperie sobre apoyos con dos
salidas.
Emplazamiento: finca “DEHESA MALPARTIDA” en el término municipal de Coria
(Cáceres).
La declaración de utilidad pública se otorga bajo las siguientes condiciones:
- La Empresa queda obligada en todo momento a dar cumplimiento a lo establecido en la Ley
24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, y en sus disposiciones de desarrollo.
- Esta resolución se emite sin perjuicio e independientemente de las autorizaciones, licencias,
concesiones o permisos de competencia municipal o de otros organismos y entidades,
necesarias para la realización de las obras y el establecimiento de las instalaciones a las que
se refiere esta resolución, así como las relacionadas, en su caso, con sus instalaciones
auxiliares y complementarias.
La Empresa deberá ajustarse en todo momento al proyecto presentado. Las modificaciones
que deban ser introducidas deberán disponer previamente de la correspondiente autorización,
sin la cual no podrán ser ejecutadas.
La Empresa tendrá en cuenta, para realizar la ejecución de las instalaciones, el cumplimiento
de los condicionados que hayan sido establecidos por Administraciones Públicas, organismos,
empresas de servicio público o empresas de servicios de interés general.
CVE:
BOP-2024-3790
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 11 de julio de 2024
N.º 0132
Pág. 15844
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legislación vigente, y considerando lo expuesto en los antecedentes de hecho y en los
fundamentos de derecho este Servicio
RESUELVE:
Conceder a I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, SAU., reconocimiento en concreto de la utilidad
pública de las instalaciones correspondientes al proyecto denominado “Cambio de máquina del
CTIA "Finca Malpartida 1" N.º 140301580 y paso de B1 a B2 de la tensión de los suministros
del mismo, en el término municipal de Coria (Cáceres)”, cuyos datos esenciales son los
indicados seguidamente:
Sustitución Transformador aumento de potencia del CTIA "Finca Malpartida 1"
Tipo: Intemperie sobre apoyo, sobre nuevo apoyo A1 y desmontaje del apoyo 2020.
Potencia: 100 kVA.
Relación de transformación: 13,2-20/ 0,400- 0,242 kV.
Nuevo apoyo a instalar como sustitución del actual apoyo 2020.
Instalación de un cuadro de BT para centros de intemperie sobre apoyos con dos
salidas.
Emplazamiento: finca “DEHESA MALPARTIDA” en el término municipal de Coria
(Cáceres).
La declaración de utilidad pública se otorga bajo las siguientes condiciones:
- La Empresa queda obligada en todo momento a dar cumplimiento a lo establecido en la Ley
24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, y en sus disposiciones de desarrollo.
- Esta resolución se emite sin perjuicio e independientemente de las autorizaciones, licencias,
concesiones o permisos de competencia municipal o de otros organismos y entidades,
necesarias para la realización de las obras y el establecimiento de las instalaciones a las que
se refiere esta resolución, así como las relacionadas, en su caso, con sus instalaciones
auxiliares y complementarias.
La Empresa deberá ajustarse en todo momento al proyecto presentado. Las modificaciones
que deban ser introducidas deberán disponer previamente de la correspondiente autorización,
sin la cual no podrán ser ejecutadas.
La Empresa tendrá en cuenta, para realizar la ejecución de las instalaciones, el cumplimiento
de los condicionados que hayan sido establecidos por Administraciones Públicas, organismos,
empresas de servicio público o empresas de servicios de interés general.
CVE:
BOP-2024-3790
Verificable
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Jueves, 11 de julio de 2024
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