Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Santa Ana. (BOP-2024-3783)
BOP-2024-3783 Aprobación definitiva Programa de Activación para el Empleo Local.
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y desempleo, para el que el Consejo de Política Social desarrollará las funciones
relativas a su oportuno control y seguimiento.
Asimismo, según lo dispuesto por la Ley 3/2019, de 22 de enero, de garantía de
la autonomía municipal de Extremadura, en su artículo 15.1.c, en lo referido a las
materias o ámbitos de actividad y promoción económica, los municipios
disponen, entre otras, competencias para el “… desarrollo local económico y
social y políticas de fomento o planes locales de empleo”.
De todo lo anterior, se deduce que, a través de los planes locales de empleo, los
municipios contribuyen a satisfacer necesidades y aspiraciones de la
comunidad vecinal, sin que se vea afectada su sostenibilidad financiera.
Conviene mencionar también que la disposición adicional novena de la Ley
3/2023, de 28 de febrero, de Empleo, mantiene la innovación establecida en el
Real Decreto-ley 32/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la
reforma laboral, la garantía de la estabilidad en el empleo y la transformación
del mercado laboral, en relación a los contratos vinculados a programas de
activación para el empleo, determinando que las administraciones públicas y, en
su caso, las entidades sin ánimo de lucro podrán realizar contratos para la
mejora de la ocupabilidad y la inserción laboral en el marco de programas
de activación para el empleo, con una duración no superior a 12 meses.
2. Grupos de población destinataria del Programa
El Programa de activación para el empleo local de Santa Ana promueve la
creación de empleo en el municipio atendiendo a las personas en situación de
desempleo en general. No obstante, se establecerá un foco de prioridad sobre
los grupos de población a quienes resulta más difícil el acceso al mercado laboral
de nuestro territorio, entre los que destacamos:
 Personas jóvenes
 Mujeres.
 Personas en situación de paro de larga duración.
 Personas con discapacidad.
 Inmigrantes.
 Demandantes de empleo en general.
CVE:
BOP-2024-3783
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 11 de julio de 2024
N.º 0132
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