Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Romangordo. (BOP-2024-3734)
BOP-2024-3734 Delegación Funciones Alcaldía para celebración de Matrimonio Civil.
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Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Romangordo
ANUNCIO. Delegación Funciones Alcaldía para celebración de Matrimonio Civil.
Delegación en Concejal/a atribución celebración matrimonio civil.
Esta Alcaldía por Resolución de fecha 1 de Julio de 2024, ha delegado la atribución para la
celebración del matrimonio civil entre D.ª DEBORA FERNANDEZ JIMENEZ y D. ADRIAN
MORALES GONZALEZ, cuyo expediente ha sido tramitado y autorizado por el Juzgado de Paz
de Cubas de la Sagra (Toledo), la cual se transcribe literalmente a continuación:
“Visto el expediente remitido por la Jueza de Paz Encargada del Registro Civil Unico de Cubas
de la Sagra (TOLEDO), por el que por Auto de fecha 29 de Mayo de 2024 de la misma, se
autoriza la celebración del próximo matrimonio civil entre D.ª DEBORA FERNANDEZ JIMENEZ
y D. ADRIAN MORALES GONZALEZ, siendo el domicilio de ambos la Calle El Cacejo, n.º 34,
de 28978 -Cubas de la Sagra (TOLEDO) y conocido su mutuo interés para ser casados por la
Concejala de este Ayuntamiento D.ª MARIA ROSA RAMIRO ALVAREZ.
A tenor de lo establecido en los artículos 49 y 51 del Código Civil, modificados por la Ley
35/1994, de 23 de diciembre, en materia de autorización del matrimonio civil por los/as
Alcaldes/as (B.O.E. n.º 307 de 24 de diciembre de 1994) y considerando la facultad de
delegación conferida por el mencionado artículo 51 del Código Civil.
Dado el contenido de la Instrucción de 26 de enero de 1995, de la Dirección General de los
Registros y del Notariado, sobre autorización del matrimonio civil por los/as Alcaldes/as.
Vistas las facultades contenidas en el artículo 21.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora
de las Bases del Régimen Local, en la redacción dada por la Ley 57/2003, de 16 de Diciembre,
de medidas para la modernización del gobierno local y el artículo 43 a 45, 52 y 114 del Real
Decreto 2568/1986, de 28 de Noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de
Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.
CVE:
BOP-2024-3734
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 9 de julio de 2024
N.º 0130
Pág. 15678
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Romangordo
ANUNCIO. Delegación Funciones Alcaldía para celebración de Matrimonio Civil.
Delegación en Concejal/a atribución celebración matrimonio civil.
Esta Alcaldía por Resolución de fecha 1 de Julio de 2024, ha delegado la atribución para la
celebración del matrimonio civil entre D.ª DEBORA FERNANDEZ JIMENEZ y D. ADRIAN
MORALES GONZALEZ, cuyo expediente ha sido tramitado y autorizado por el Juzgado de Paz
de Cubas de la Sagra (Toledo), la cual se transcribe literalmente a continuación:
“Visto el expediente remitido por la Jueza de Paz Encargada del Registro Civil Unico de Cubas
de la Sagra (TOLEDO), por el que por Auto de fecha 29 de Mayo de 2024 de la misma, se
autoriza la celebración del próximo matrimonio civil entre D.ª DEBORA FERNANDEZ JIMENEZ
y D. ADRIAN MORALES GONZALEZ, siendo el domicilio de ambos la Calle El Cacejo, n.º 34,
de 28978 -Cubas de la Sagra (TOLEDO) y conocido su mutuo interés para ser casados por la
Concejala de este Ayuntamiento D.ª MARIA ROSA RAMIRO ALVAREZ.
A tenor de lo establecido en los artículos 49 y 51 del Código Civil, modificados por la Ley
35/1994, de 23 de diciembre, en materia de autorización del matrimonio civil por los/as
Alcaldes/as (B.O.E. n.º 307 de 24 de diciembre de 1994) y considerando la facultad de
delegación conferida por el mencionado artículo 51 del Código Civil.
Dado el contenido de la Instrucción de 26 de enero de 1995, de la Dirección General de los
Registros y del Notariado, sobre autorización del matrimonio civil por los/as Alcaldes/as.
Vistas las facultades contenidas en el artículo 21.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora
de las Bases del Régimen Local, en la redacción dada por la Ley 57/2003, de 16 de Diciembre,
de medidas para la modernización del gobierno local y el artículo 43 a 45, 52 y 114 del Real
Decreto 2568/1986, de 28 de Noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de
Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.
CVE:
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Verificable
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Martes, 9 de julio de 2024
N.º 0130
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