Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Barrado. (BOP-2024-3668)
BOP-2024-3668 Lista definitiva de admitidos/as y excluidos/as al procedimiento de cobertura de 1 plaza de Dinamizador/a Sociocultural, dentro del proceso extraordinario de estabilización.
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Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Barrado
ANUNCIO. Lista definitiva de admitidos/as y excluidos/as al procedimiento de
cobertura de 1 plaza de Dinamizador/a Sociocultural, dentro del proceso
extraordinario de estabilización.
Visto que el 28 de diciembre de 2022 fueron publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de
Cáceres número 246 la convocatoria y bases por las que se regirá la cobertura de 1 plaza de
Dinamizador/a Sociocultural, dentro del proceso extraordinario de estabilización, la cual fue
modificada por decreto de Alcaldía 2024-0036, de fecha 18 de marzo de 2024.
Visto que el 11 de abril de 2024 fue publicado en el Diario Oficial de Extremadura número 70
un extracto de dicha convocatoria.
Visto que el 29 de abril de 2024 fue publicado en el Boletín Oficial del Estado número 104 un
extracto de la mencionada convocatoria.
Visto que el 5 de junio de 2024 fue publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres
número 106 la relación provisional de admitidos/as excluidos/as al procedimiento de cobertura
de 1 plaza de Dinamizador/a Sociocultural, dentro del proceso extraordinario de estabilización.
Expirado el plazo de reclamaciones.
Considerando que, conforme a la base quinta de las que rigen la convocatoria, los/as
aspirantes excluidos/as expresamente, así como los/as que no figurasen en la relación de
admitidos/as ni en la de excluidos/as, dispusieron de un plazo de 10 días hábiles, a partir de la
publicación del mencionado anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres, para
formular alegaciones o subsanar, si era posible, los defectos que motivaron su exclusión o no
inclusión expresa.
Expirado el plazo para formular alegaciones o subsanar, examinada la documentación
presentada y en uso de mis atribuciones, de conformidad con el artículo 21.1, letra h de la Ley
7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y con las bases quinta y
sexta,
CVE:
BOP-2024-3668
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 5 de julio de 2024
N.º 0128
Pág. 15485
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Barrado
ANUNCIO. Lista definitiva de admitidos/as y excluidos/as al procedimiento de
cobertura de 1 plaza de Dinamizador/a Sociocultural, dentro del proceso
extraordinario de estabilización.
Visto que el 28 de diciembre de 2022 fueron publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de
Cáceres número 246 la convocatoria y bases por las que se regirá la cobertura de 1 plaza de
Dinamizador/a Sociocultural, dentro del proceso extraordinario de estabilización, la cual fue
modificada por decreto de Alcaldía 2024-0036, de fecha 18 de marzo de 2024.
Visto que el 11 de abril de 2024 fue publicado en el Diario Oficial de Extremadura número 70
un extracto de dicha convocatoria.
Visto que el 29 de abril de 2024 fue publicado en el Boletín Oficial del Estado número 104 un
extracto de la mencionada convocatoria.
Visto que el 5 de junio de 2024 fue publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres
número 106 la relación provisional de admitidos/as excluidos/as al procedimiento de cobertura
de 1 plaza de Dinamizador/a Sociocultural, dentro del proceso extraordinario de estabilización.
Expirado el plazo de reclamaciones.
Considerando que, conforme a la base quinta de las que rigen la convocatoria, los/as
aspirantes excluidos/as expresamente, así como los/as que no figurasen en la relación de
admitidos/as ni en la de excluidos/as, dispusieron de un plazo de 10 días hábiles, a partir de la
publicación del mencionado anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres, para
formular alegaciones o subsanar, si era posible, los defectos que motivaron su exclusión o no
inclusión expresa.
Expirado el plazo para formular alegaciones o subsanar, examinada la documentación
presentada y en uso de mis atribuciones, de conformidad con el artículo 21.1, letra h de la Ley
7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y con las bases quinta y
sexta,
CVE:
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