Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Santiago de Alcántara. (BOP-2024-3478)
BOP-2024-3478 Aprobación de Oferta de Empleo Público para la estabilización de empleo temporal.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Lo que se hace público, en cumplimiento del artículo 91 de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
reguladora de las Bases de Régimen Local, y el artículo 70 del texto refundido de la Ley del
Estatuto Básico del/a Empleado/a Público/a, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015,
de 30 de octubre.
Contra dicha Resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede imponerse
alternativamente recurso de reposición ante el Ayuntamiento de Santiago de Alcántara
(Cáceres), en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de publicación del presente
anuncio, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien directamente
recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de
Cáceres o, a su elección, el que corresponda a su domicilio si radica en Extremadura, en el
plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de
conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-administrativa. Si se optara por interponer recuro de reposición no podrá
interponerse recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o
se haya producido su desestimación por silencio.
Santiago de Alcántara, 21 de junio de 2024
Juan Ignacio Gilete Batalla
ALCALDE - PRESIDENTE
CVE:
BOP-2024-3478
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 26 de junio de 2024
N.º 0121
Pág. 14765
reguladora de las Bases de Régimen Local, y el artículo 70 del texto refundido de la Ley del
Estatuto Básico del/a Empleado/a Público/a, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015,
de 30 de octubre.
Contra dicha Resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede imponerse
alternativamente recurso de reposición ante el Ayuntamiento de Santiago de Alcántara
(Cáceres), en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de publicación del presente
anuncio, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien directamente
recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de
Cáceres o, a su elección, el que corresponda a su domicilio si radica en Extremadura, en el
plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de
conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-administrativa. Si se optara por interponer recuro de reposición no podrá
interponerse recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o
se haya producido su desestimación por silencio.
Santiago de Alcántara, 21 de junio de 2024
Juan Ignacio Gilete Batalla
ALCALDE - PRESIDENTE
CVE:
BOP-2024-3478
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