Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Salorino. (BOP-2024-3446)
BOP-2024-3446 Aprobación definitiva de la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por prestación del servicio de Piscina Municipal.
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AYUNTAMIENTO DE SALORINO
En todo lo relativo a la calificación de infracciones tributarias y sanciones,
además de lo previsto en esta Ordenanza, se estará a lo dispuesto en los artículos 183
y siguientes y siguientes de la Ley General Tributaria y demás normativa aplicable.
DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA.
La presente Ordenanza fiscal, entrará en vigor en el momento de su publicación
íntegra en el Boletín Oficial de la Provincia y será de aplicación a partir del día
siguiente, permaneciendo en vigor hasta que se acuerde su modificación o su
derogación expresa.
Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 19 del Texto Refundido de la Ley
Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004,
de 5 de marzo, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala
de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura con
sede en Cáceres, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la
publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998,
de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
- 3 -
CVE:
BOP-2024-3446
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 25 de junio de 2024
N.º 0120
Pág. 14673
En todo lo relativo a la calificación de infracciones tributarias y sanciones,
además de lo previsto en esta Ordenanza, se estará a lo dispuesto en los artículos 183
y siguientes y siguientes de la Ley General Tributaria y demás normativa aplicable.
DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA.
La presente Ordenanza fiscal, entrará en vigor en el momento de su publicación
íntegra en el Boletín Oficial de la Provincia y será de aplicación a partir del día
siguiente, permaneciendo en vigor hasta que se acuerde su modificación o su
derogación expresa.
Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 19 del Texto Refundido de la Ley
Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004,
de 5 de marzo, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala
de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura con
sede en Cáceres, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la
publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998,
de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
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BOP-2024-3446
Verificable
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