Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2024-3431)
BOP-2024-3431 EXTRACTO. Bases convocatoria XI edición Programa de Ideas Emprendedoras en el mundo rural, PIE 2024.
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Los premios estarán sujetos a la legislación tributaria vigente en el momento de su entrega.
Los premios concedidos nunca sobrepasarán el importe de la dotación presupuestaria, y el
órgano competente se reserva el derecho a no asignar el importe total de la aplicación si las
circunstancias así lo aconsejaran, incluso a declarar desierto todos o alguno de los premios,
motivando la resolución.
TERCERO. RÉGIMEN DE PAGO.
Los premios concedidos a través de la presente Convocatoria tendrán carácter prepagable,
debido a la necesidad de financiación previa que necesitan los/as emprendedores/as para
poder poner en marcha las iniciativas emprendedoras enmarcadas en estos premios, por tanto,
la Diputación procederá al pago de las mismas, una vez se produzca la concesión definitiva de
las ayudas y, con anterioridad a la presentación de la correspondiente justificación, de
conformidad con lo establecido en el artículo 13 de la Ordenanza General de Subvenciones,
aplicable con carácter supletorio, y en el art. 34.4 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones
y, en todo caso, siempre que la entidad beneficiaria no tenga cantidades pendientes de
reintegrar relativas a expedientes de subvenciones de la Diputación Provincial de Cáceres.
CUARTO. REQUISITOS DE LOS/AS SOLICITANTES.
Podrán participar en esta convocatoria aquellas personas, físicas o jurídicas, que tengan una
idea o proyecto emprendedor, cualquiera que sea la temática sobre la que versen, y que a
fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes no se haya iniciado la actividad
económica.
No podrán participar aquellos proyectos que hayan sido premiados en ediciones anteriores, así
como aquellos cuyo proyecto ha recibido un premio económico en alguna convocatoria pública
de ámbito regional, nacional e internacional.
En el caso de las personas físicas la participación podrá ser a título individual o en grupo. Si la
participación fuera en grupo, se deberá dejar constancia identificativa de todos/as los/as
promotores/as de la idea o proyecto, haciendo constar expresamente en el ANEXO I los
compromisos de ejecución asumidos por cada miembro de la agrupación, así como el importe
de la subvención a aplicar por cada uno/a de ellos/as, debiendo nombrarse un/a representante
o apoderado/a único con poderes bastantes para cumplir con las obligaciones que como
beneficiario/a corresponden a la agrupación. La cuantía del premio será abonada a quien
conste, en este último caso, como representante de la agrupación o se dividirá entre el número
de personas físicas que presentan el proyecto emprendedor abonándose el importe
correspondiente a cada uno de ellos.
CVE:
BOP-2024-3431
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 25 de junio de 2024
N.º 0120
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