Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2024-3431)
BOP-2024-3431 EXTRACTO. Bases convocatoria XI edición Programa de Ideas Emprendedoras en el mundo rural, PIE 2024.
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Finalizado el proceso, el Jurado emitirá una propuesta de concesión de los premios, que se
elevará por el órgano instructor en forma de propuesta de Resolución a la Vicepresidencia 1ª
de Territorio, Igualdad y Cultura (P.D. Resolución 5 de julio de 2023. BOP N.º 134 del 17 de
Julio de 2023) de la Excma. Diputación Provincial de Cáceres.
SÉPTIMO. OBLIGACIONES DE LOS/AS PREMIADOS/AS.
Los/as premiados/as deberán remitir, en el plazo de 5 días hábiles siguientes al día de entrega
de premios, el original del documento Alta de terceros a la Tesorería de la Excma. Diputación
Provincial de Cáceres, Plaza de Santa María, s/n, 10071, de Cáceres, solo en aquéllos casos
en los que la Diputación de Cáceres no lo tenga a su disposición o hubiera variación de datos
con respecto al último Alta de Terceros, que conste en los archivos de la Diputación.
Serán obligaciones del/a beneficiario/a las establecidas en los artículos 13 y 14 de la Ley
38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y 18 y ss del RD 887/2006, de 21 de
julio, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley General de Subvenciones.
Los/as premiados/as deberán iniciar la actividad empresarial en un plazo máximo de 1 año a
contar desde la fecha del pago efectivo del premio.
Tendrán la obligación de mantener la actividad objeto del premio un mínimo de un año contado
a partir del inicio de la actividad, siempre que no concurra ninguna circunstancia de fuerza
mayor que pueda acreditarse por los/as ganadores/as.
Deberán presentar en la Excma. Diputación Provincial de Cáceres, en el expediente electrónico
respectivo, a los efectos de justificación, la documentación establecida en la base novena en el
plazo que se indique en la comunicación escrita enviada a los/as perceptores/as de los
premios.
Deberán someterse a las actuaciones de comprobación y control que sean debidamente
requeridas por los órganos de la Diputación Provincial, aportando cuanta información les sea
solicitada en el ejercicio de estas actuaciones y que estén relacionadas con la concesión del
premio.
OCTAVO. PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN, ÓRGANOS COMPETENTES.
PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN.
La concesión de los presentes premios se realizará mediante un procedimiento de
concurrencia competitiva, conforme a los principios de publicidad, transparencia, concurrencia,
CVE:
BOP-2024-3431
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 25 de junio de 2024
N.º 0120
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elevará por el órgano instructor en forma de propuesta de Resolución a la Vicepresidencia 1ª
de Territorio, Igualdad y Cultura (P.D. Resolución 5 de julio de 2023. BOP N.º 134 del 17 de
Julio de 2023) de la Excma. Diputación Provincial de Cáceres.
SÉPTIMO. OBLIGACIONES DE LOS/AS PREMIADOS/AS.
Los/as premiados/as deberán remitir, en el plazo de 5 días hábiles siguientes al día de entrega
de premios, el original del documento Alta de terceros a la Tesorería de la Excma. Diputación
Provincial de Cáceres, Plaza de Santa María, s/n, 10071, de Cáceres, solo en aquéllos casos
en los que la Diputación de Cáceres no lo tenga a su disposición o hubiera variación de datos
con respecto al último Alta de Terceros, que conste en los archivos de la Diputación.
Serán obligaciones del/a beneficiario/a las establecidas en los artículos 13 y 14 de la Ley
38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y 18 y ss del RD 887/2006, de 21 de
julio, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley General de Subvenciones.
Los/as premiados/as deberán iniciar la actividad empresarial en un plazo máximo de 1 año a
contar desde la fecha del pago efectivo del premio.
Tendrán la obligación de mantener la actividad objeto del premio un mínimo de un año contado
a partir del inicio de la actividad, siempre que no concurra ninguna circunstancia de fuerza
mayor que pueda acreditarse por los/as ganadores/as.
Deberán presentar en la Excma. Diputación Provincial de Cáceres, en el expediente electrónico
respectivo, a los efectos de justificación, la documentación establecida en la base novena en el
plazo que se indique en la comunicación escrita enviada a los/as perceptores/as de los
premios.
Deberán someterse a las actuaciones de comprobación y control que sean debidamente
requeridas por los órganos de la Diputación Provincial, aportando cuanta información les sea
solicitada en el ejercicio de estas actuaciones y que estén relacionadas con la concesión del
premio.
OCTAVO. PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN, ÓRGANOS COMPETENTES.
PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN.
La concesión de los presentes premios se realizará mediante un procedimiento de
concurrencia competitiva, conforme a los principios de publicidad, transparencia, concurrencia,
CVE:
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Martes, 25 de junio de 2024
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