Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Jarandilla de la Vera. (BOP-2024-3395)
BOP-2024-3395 Aprobación definitiva de la modificación de la Ordenanza municipal reguladora de la Tasa por la Prestación de los Servicios de Casas de Baños, Duchas, Piscinas, Instalaciones Deportivas y otros servicios análogos.
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ORDENANZA FISCAL NÚM. 15.
TASA POR LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS DE CASAS DE BAÑOS, DUCHAS,
PISCINAS, INSTALACIONES DEPORTIVAS y OTROS SERVICIOS ANÁLOGOS.
Artículo 1. FUNDAMENTO LEGAL.
De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 105 y 106 de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases de Régimen Local y en los artículos 15 a 27 y 57 del Real Decreto
Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley
Reguladora de las Haciendas Locales, se establece la tasa por la prestación de los servicios de
casas de baños, duchas, piscinas, instalaciones deportivas y otros servicios análogos, que se
regirá por la presente Ordenanza.
Artículo 2. HECHO IMPONIBLE.
Constituye el hecho imponible de la presente tasa la utilización, disfrute o aprovechamiento de
las instalaciones y otros servicios análogos por parte de las personas usuarias.
Artículo 3. SUJETO PASIVO.
Están obligados/as al pago de la tasa que se regula en esta ordenanza las personas que se
beneficien de la prestación del servicio, y también aquellas que ejerzan la patria potestad o
tutela, en el caso de menores e incapacitados/as.
Artículo 4. CUANTÍA DE LA TASA.
A) Piscina Municipal:
ENTRADAS DIARIAS:
Concepto Importe
Personas de 5 a 12 años. 2,00 €
Personas desde 12 años. 2,50 €
CVE:
BOP-2024-3395
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 21 de junio de 2024
N.º 0118
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