Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2024-3379)
BOP-2024-3379 Modificación delegaciones específicas.
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13. En materia de bienes y derechos, se delega la competencia para dictar cuantos actos
administrativos fueren necesarios para la tramitación y resolución de todo tipo de expedientes
patrimoniales, salvo que exista delegación expresa en otro/a Diputado/a.
14. Por último, se delega la competencia para la aprobación de todos los expedientes de gasto
(y cuantos otros actos administrativos fueren necesarios) relativos tanto a subvenciones
tramitadas por las unidades administrativas adscritas a esta “Vicepresidencia segunda, de
Hacienda y Administración General”, como a las aportaciones (que estén dentro de los créditos
gestionados por esta Vicepresidencia segunda) que corresponda hacer por la Diputación de
Cáceres a todo tipo de entidades de derecho público y derecho privado, cuando dichas
aportaciones hayan venido consignadas previamente en el presupuesto general de esta
Diputación Provincial.
TERCERO. La Vicepresidencia tercera se denominará “de Fomento, Movilidad y Agenda
Provincial”, y comprenderá las materias relativas a: Infraestructuras, industria, medioambiente y
transición ecológica, y agricultura. Se delegan en la “Vicepresidencia tercera, de Fomento,
Movilidad y Agenda Provincial”, ejercida por don Luis Fernando García Nicolás (nombramiento
como vicepresidente tercero por resolución de 1 de julio de 2023) las siguientes competencias:
1. La suscripción del Visto Bueno a que hace referencia el artículo 205 del Reglamento de
Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, de 28 de
noviembre de 1986, de todas aquellas certificaciones que se tramitan por la “Vicepresidencia
tercera, de Fomento, Movilidad y Agenda Provincial”.
2. La comunicación a las empresas adjudicatarias de obras sobre su obligación de presentar el
plan de seguridad y salud de las obras que tramitan las unidades administrativas adscritas a la
“Vicepresidencia tercera, de Fomento, Movilidad y Agenda Provincial”.
3. La aprobación de los planes de seguridad y salud de las obras que tramitan las unidades
administrativas adscritas a la “Vicepresidencia tercera, de Fomento, Movilidad y Agenda
Provincial”.
4. La orden de publicación y suscripción en su caso de todo tipo de anuncios en el Boletín
Oficial de la Provincia que se tramiten por la “Vicepresidencia tercera, de Fomento, Movilidad y
Agenda Provincial”.
5. La aprobación de los expedientes de devolución de fianzas relativas a la contratación de
obras que tramiten las unidades administrativas adscritas a la “Vicepresidencia tercera, de
Fomento, Movilidad y Agenda Provincial”.
CVE:
BOP-2024-3379
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 21 de junio de 2024
N.º 0118
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