Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2024-3379)
BOP-2024-3379 Modificación delegaciones específicas.
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Aclaración segunda: Sin perjuicio de ello, se delega en la “Vicepresidencia segunda, de
Hacienda y Administración General” la suscripción de todos aquellos documentos contables
que acumulen en un solo acto todas o algunas de las mencionadas fases: bien Autorización y
Disposición (“AD”) o bien Autorización, Disposición y Reconocimiento de la Obligación (“ADO”);
y en general todos los documentos contables que se registren a que hace referencia la vigente
Instrucción de Contabilidad (o disposición normativa que legalmente le sustituya), excluida la
fase “T”.
b) Contabilidad no presupuestaria: la suscripción como firma autorizada de todos los
documentos contables que prescribe dicha Instrucción de Contabilidad para pagos no
presupuestarios, excluida la fase “T”.
c) En general, cuantos actos y operaciones contables, tanto en sentido positivo como negativo,
sean necesarios, relacionados con las fases de gastos e ingresos.
Aclaración primera: La delegación de este apartado no comprende la firma de resoluciones o
actos administrativos, sino la de aquellos documentos contables expedidos por el programa de
contabilidad.
2. Todas las resoluciones relativas al abono de la liquidación de intereses y amortizaciones de
las operaciones de crédito concertadas por la Excma. Diputación de Cáceres.
3. La aprobación de las certificaciones de obras que tramite la correspondiente unidad
administrativa del Área de Hacienda y Administración General, que incluirá la ordenación del
pago en los términos establecidos en el punto 9 del presente apartado SEGUNDO.
4. La realización de cuantos trámites, actuaciones y actos administrativos atribuye la legislación
de contratos del sector público, sus normas de desarrollo y concordantes (o futura normativa de
contratos del sector público que la modifique o sustituya) al órgano de contratación, incluyendo
por tanto los actos de preparación, actos de impulso, selección, adjudicación, efectos,
cumplimiento y extinción del contrato, la suscripción de la formalización contractual, la
interpretación y modificación de contratos, comprendiendo igualmente la resolución de recursos
que por la normativa vigente sea posible delegar y que sean consecuencia de expedientes
tramitados y propuestos por el Servicio de Compras y Suministros o por el resto de la Áreas de
la Diputación, exceptuando los referidos a expedientes tramitados y propuestos por la
VICEPRESIDENCIA TERCERA (Vicepresidencia de “Fomento, Movilidad y Agenda Provincial”,
que incluye las delegaciones de infraestructuras, industria, medioambiente, transición
ecológica, y agricultura).
Aclaración primera: Esta delegación comprende las resoluciones para todas las fases de
CVE:
BOP-2024-3379
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 21 de junio de 2024
N.º 0118
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