Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2024-3379)
BOP-2024-3379 Modificación delegaciones específicas.
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delegables, corresponden a la Presidencia de esta Diputación Provincial de Cáceres, salvo la
relación de transferencias a emitir (fase “T”).
SÉPTIMO. Todas las delegaciones anteriores comprenden tanto las de carácter resolutivo,
como aquellas actuaciones que sean necesarias para el correcto y eficaz desarrollo de la
gestión de la delegación.
OCTAVO. Concreto, las competencias delegadas y de revocar los nombramientos y las
competencias aquí delegadas. Se reserva también la facultad de recibir información de la
gestión de las competencias delegadas así como de los actos y trámites que sean
consecuencia de la citada delegación. Todo ello, de conformidad con lo establecido en el
artículo 116 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las
Entidades Locales.
NOVENO. Publíquese la presente resolución en el Boletín Oficial de la Provincia y dese cuenta
al Pleno de la Corporación, sin perjuicio de su eficacia desde el día siguiente a la firma de la
misma. Notifíquese a las tres Diputadas y los dos Diputados en su integridad, entendiéndose
aceptada tácitamente la delegación si en el término de tres días no hacen manifestación
expresa en sentido contrario.
Lo que se hace público para general conocimiento.
Cáceres, 17 de junio de 2024
Álvaro Casas Avilés
SECRETARÍA GENERAL
CVE:
BOP-2024-3379
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 21 de junio de 2024
N.º 0118
Pág. 14363
relación de transferencias a emitir (fase “T”).
SÉPTIMO. Todas las delegaciones anteriores comprenden tanto las de carácter resolutivo,
como aquellas actuaciones que sean necesarias para el correcto y eficaz desarrollo de la
gestión de la delegación.
OCTAVO. Concreto, las competencias delegadas y de revocar los nombramientos y las
competencias aquí delegadas. Se reserva también la facultad de recibir información de la
gestión de las competencias delegadas así como de los actos y trámites que sean
consecuencia de la citada delegación. Todo ello, de conformidad con lo establecido en el
artículo 116 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las
Entidades Locales.
NOVENO. Publíquese la presente resolución en el Boletín Oficial de la Provincia y dese cuenta
al Pleno de la Corporación, sin perjuicio de su eficacia desde el día siguiente a la firma de la
misma. Notifíquese a las tres Diputadas y los dos Diputados en su integridad, entendiéndose
aceptada tácitamente la delegación si en el término de tres días no hacen manifestación
expresa en sentido contrario.
Lo que se hace público para general conocimiento.
Cáceres, 17 de junio de 2024
Álvaro Casas Avilés
SECRETARÍA GENERAL
CVE:
BOP-2024-3379
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 21 de junio de 2024
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