Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Sierra de Fuentes. (BOP-2024-3374)
BOP-2024-3374 Acuerdo regulador Precio Público por Servicio en Piscina Municipal.
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ARTÍCULO 7. Devengo.
Se devenga el precio público y nace la obligación de contribuir desde el momento en que se
solicita la prestación de cualquiera de los servicios que se regulan en este Acuerdo, aunque se
exigirá depósito previo cuando se formule la solicitud de cualquier modalidad de bonos.
ARTÍCULO 8. Normas de Gestión.
El pago del precio público se abonará en efectivo en las taquillas de la piscina municipal.
ARTÍCULO 9. Modificación.
La modificación de los precios públicos fijados en el presente Acuerdo corresponderá al Pleno
de la Corporación, en virtud el artículo 47.1 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las
Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
ARTÍCULO 10. Legislación Aplicable.
En todo lo no previsto en el presente Acuerdo se estará a lo dispuesto en el Texto Refundido
de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto 2/2004, de 5 de
marzo, la Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos.
DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA.
El presente Acuerdo regulador, será aprobado por el Pleno de este Ayuntamiento y entrará en
vigor en el momento de su publicación íntegra en el Boletín Oficial de la Provincia,
permaneciendo en vigor hasta que se acuerde su modificación o derogación expresa.
De acuerdo con el artículo 112.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento
administrativo común de las administraciones públicas, contra el presente Acuerdo se podrá
interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo
del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, con sede en Cáceres, en el plazo de dos
meses contados a partir del día siguiente de la publicación de este anuncio de conformidad con
el artículo 46 de la Ley 29/1998, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativo.
Sierra de Fuentes, 17 de junio de 2024
Sergio Domínguez Maestre
ALCALDE - PRESIDENTE
CVE:
BOP-2024-3374
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 20 de junio de 2024
N.º 0117
Pág. 14340
ARTÍCULO 7. Devengo.
Se devenga el precio público y nace la obligación de contribuir desde el momento en que se
solicita la prestación de cualquiera de los servicios que se regulan en este Acuerdo, aunque se
exigirá depósito previo cuando se formule la solicitud de cualquier modalidad de bonos.
ARTÍCULO 8. Normas de Gestión.
El pago del precio público se abonará en efectivo en las taquillas de la piscina municipal.
ARTÍCULO 9. Modificación.
La modificación de los precios públicos fijados en el presente Acuerdo corresponderá al Pleno
de la Corporación, en virtud el artículo 47.1 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las
Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
ARTÍCULO 10. Legislación Aplicable.
En todo lo no previsto en el presente Acuerdo se estará a lo dispuesto en el Texto Refundido
de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto 2/2004, de 5 de
marzo, la Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos.
DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA.
El presente Acuerdo regulador, será aprobado por el Pleno de este Ayuntamiento y entrará en
vigor en el momento de su publicación íntegra en el Boletín Oficial de la Provincia,
permaneciendo en vigor hasta que se acuerde su modificación o derogación expresa.
De acuerdo con el artículo 112.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento
administrativo común de las administraciones públicas, contra el presente Acuerdo se podrá
interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo
del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, con sede en Cáceres, en el plazo de dos
meses contados a partir del día siguiente de la publicación de este anuncio de conformidad con
el artículo 46 de la Ley 29/1998, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativo.
Sierra de Fuentes, 17 de junio de 2024
Sergio Domínguez Maestre
ALCALDE - PRESIDENTE
CVE:
BOP-2024-3374
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 20 de junio de 2024
N.º 0117
Pág. 14340