Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Zarza de Montánchez. (BOP-2024-3356)
BOP-2024-3356 Aprobación definitiva de la Modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre sobre Construcciones, Instalaciones y Obras.
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Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Zarza de Montánchez
ANUNCIO. Aprobación definitiva de la Modificación de la Ordenanza Fiscal
Reguladora del Impuesto sobre sobre Construcciones, Instalaciones y Obras.
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda
automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario provisional de 11/04/2024 de
modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora de sobre Construcciones, Instalaciones y
Obras, cuyo texto íntegro se hace público, para su general conocimiento y en cumplimiento del
artículo 17.4 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado
por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
Texto íntegro de la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora del impuesto:
«1. Artículo 6º, apartado 1º.
El Impuesto se exigirá en régimen de autoliquidación:
Cuando se presente la licencia preceptiva o la declaración responsable o la comunicación
previa, se practicará una autoliquidación provisional, determinándose la base imponible en
función del presupuesto presentado por los/as interesados/as, siempre que este hubiera sido
visado por el Colegio Oficial correspondiente o según los datos que consten en la
correspondiente memoria, debiendo acompañar la documentación acreditativa del ingreso de la
autoliquidación en la Tesorería Municipal.
Finalizada la construcción, instalación u obra, y teniendo en cuenta el coste real y efectivo de la
misma, en el plazo de 10 días el/a sujeto pasivo deberá practicar autoliquidación definitiva,
debiendo presentar ante el Ayuntamiento la documentación acreditativa del ingreso de la
autoliquidación en la Tesorería Municipal cuando está resulte positiva.
2. Disposición Final.
La presente modificación de la ordenanza fiscal entrará en vigor y comenzará a aplicarse a
partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, permaneciendo
en vigor hasta su modificación o derogación expresa.»
CVE:
BOP-2024-3356
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 19 de junio de 2024
N.º 0116
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