Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Miajadas. (BOP-2024-3342)
BOP-2024-3342 EXTRACTO. Bases reguladoras que regirán las ayudas de concesión de subvención "XXXIX edición concurso del Tomate 2024".
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Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Miajadas
ANUNCIO. EXTRACTO. Bases reguladoras que regirán las ayudas de concesión
de subvención "XXXIX edición concurso del Tomate 2024".
BDNS (Identif): 768242.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto
completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones,
https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/768242
BASES ESPECÍFICAS DEL “XXXIX EDICIÓN CONCURSO DEL TOMATE 2024”
1. Bases Reguladoras.
Estas subvenciones se regirán por lo establecido en la presente convocatoria; en su caso, en
las bases de ejecución del presupuesto, en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones; en el Reglamento General de la Ley de Subvenciones aprobado por Real
Decreto 886/2006, de 21 de julio; en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento, de 8
de marzo, por el que se regula la Base de Datos Nacional de Subvenciones y la publicidad
diento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; en el Real Decreto 130/201e
las subvenciones y demás ayudas públicas; y en las restantes normas de derecho
administrativo que en su caso sean aplicables, y en su defecto, las normas de derecho privado.
Las bases reguladoras mínimas para la concesión de estas subvenciones están contenidas en
la ORDENANZA MUNICIPAL ESPECÍFICA DE SUBVENCIONES EN MATERIA DE
FESTEJOS, OCIO Y TIEMPO LIBRE, CULTURA, JUVENTUD, EDUCACIÓN,
PARTICIPACIÓN CIUDADANA, ASOCIACIONISMO, MAYORES, MUJERES E IGUALDAD DE
OPORTUNIDADES, CONSUMO, COMERCIO, DEPORTES, DESARROLLO LOCAL Y MEDIO
AMBIENTE. AYUNTAMIENTO DE MIAJADAS (CÁCERES). Así pues, el órgano competente
para la aprobación de las presentes bases específicas y de la convocatoria de las mismas será
el Sr. Alcalde, de conformidad con lo establecido en el artículo 8 a) de la propia Ordenanza.
CVE:
BOP-2024-3342
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 19 de junio de 2024
N.º 0116
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