Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Miajadas. (BOP-2024-3342)
BOP-2024-3342 EXTRACTO. Bases reguladoras que regirán las ayudas de concesión de subvención "XXXIX edición concurso del Tomate 2024".
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Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Miajadas
ANUNCIO. EXTRACTO. Bases reguladoras que regirán las ayudas de concesión
de subvención "XXXIX edición concurso del Tomate 2024".
BDNS (Identif): 768242.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto
completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones,
https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/768242
BASES ESPECÍFICAS DEL “XXXIX EDICIÓN CONCURSO DEL TOMATE 2024”
1. Bases Reguladoras.
Estas subvenciones se regirán por lo establecido en la presente convocatoria; en su caso, en
las bases de ejecución del presupuesto, en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones; en el Reglamento General de la Ley de Subvenciones aprobado por Real
Decreto 886/2006, de 21 de julio; en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento, de 8
de marzo, por el que se regula la Base de Datos Nacional de Subvenciones y la publicidad
diento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; en el Real Decreto 130/201e
las subvenciones y demás ayudas públicas; y en las restantes normas de derecho
administrativo que en su caso sean aplicables, y en su defecto, las normas de derecho privado.
Las bases reguladoras mínimas para la concesión de estas subvenciones están contenidas en
la ORDENANZA MUNICIPAL ESPECÍFICA DE SUBVENCIONES EN MATERIA DE
FESTEJOS, OCIO Y TIEMPO LIBRE, CULTURA, JUVENTUD, EDUCACIÓN,
PARTICIPACIÓN CIUDADANA, ASOCIACIONISMO, MAYORES, MUJERES E IGUALDAD DE
OPORTUNIDADES, CONSUMO, COMERCIO, DEPORTES, DESARROLLO LOCAL Y MEDIO
AMBIENTE. AYUNTAMIENTO DE MIAJADAS (CÁCERES). Así pues, el órgano competente
para la aprobación de las presentes bases específicas y de la convocatoria de las mismas será
el Sr. Alcalde, de conformidad con lo establecido en el artículo 8 a) de la propia Ordenanza.
CVE:
BOP-2024-3342
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 19 de junio de 2024
N.º 0116
Pág. 14213
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Miajadas
ANUNCIO. EXTRACTO. Bases reguladoras que regirán las ayudas de concesión
de subvención "XXXIX edición concurso del Tomate 2024".
BDNS (Identif): 768242.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto
completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones,
https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/768242
BASES ESPECÍFICAS DEL “XXXIX EDICIÓN CONCURSO DEL TOMATE 2024”
1. Bases Reguladoras.
Estas subvenciones se regirán por lo establecido en la presente convocatoria; en su caso, en
las bases de ejecución del presupuesto, en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones; en el Reglamento General de la Ley de Subvenciones aprobado por Real
Decreto 886/2006, de 21 de julio; en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento, de 8
de marzo, por el que se regula la Base de Datos Nacional de Subvenciones y la publicidad
diento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; en el Real Decreto 130/201e
las subvenciones y demás ayudas públicas; y en las restantes normas de derecho
administrativo que en su caso sean aplicables, y en su defecto, las normas de derecho privado.
Las bases reguladoras mínimas para la concesión de estas subvenciones están contenidas en
la ORDENANZA MUNICIPAL ESPECÍFICA DE SUBVENCIONES EN MATERIA DE
FESTEJOS, OCIO Y TIEMPO LIBRE, CULTURA, JUVENTUD, EDUCACIÓN,
PARTICIPACIÓN CIUDADANA, ASOCIACIONISMO, MAYORES, MUJERES E IGUALDAD DE
OPORTUNIDADES, CONSUMO, COMERCIO, DEPORTES, DESARROLLO LOCAL Y MEDIO
AMBIENTE. AYUNTAMIENTO DE MIAJADAS (CÁCERES). Así pues, el órgano competente
para la aprobación de las presentes bases específicas y de la convocatoria de las mismas será
el Sr. Alcalde, de conformidad con lo establecido en el artículo 8 a) de la propia Ordenanza.
CVE:
BOP-2024-3342
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 19 de junio de 2024
N.º 0116
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