Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Majadas. (BOP-2024-3339)
BOP-2024-3339 Convocatoria y Bases de selección de un puesto de Técnico/a Superior/a de Administración Local, en el proceso de estabilización de empleo temporal.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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AYUNTAMIENTO DE
MAJADAS DE TIÉTAR
(Cáceres)
Ayuntamiento de Majadas de Tiétar Plaza de Extremadura, 1 10.529 MAJADAS DE TIÉTAR (Cáceres)
Teléfono: 927 577 116 Fax: 927 577 146 E.Mail: alcaldia@ayuntamiento-majadas.es
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En el certificado se especificará el puesto o puestos de trabajo ocupados y se acompañará Vida
Laboral (aportada por la persona solicitante).
Los méritos de experiencia se acreditarán para los servicios prestados en otras Administraciones
Públicas mediante Vida Laboral y certificación expedida por el responsable de la unidad
administrativa en la que hubiera prestado sus servicios, en la cual deberá constar la siguiente
información:
- Puesto y funciones realizadas.
- Tipo de vínculo (fijo, temporal, indefinido no fijo de plantilla, formación).
- Régimen jurídico de vinculación (laboral, funcionario, estatutario).
- Fecha de inicio y de fin de cada una de las vinculaciones.
- Total de días de vinculación y régimen de jornada (completa, tiempo parcial).
El cómputo de los servicios prestados se efectuará por meses. Para eso, se calculará en cada
apartado del baremo el número total de días reflejados en vida laboral y se dividirá entre 30, de tal
manera que lo que se valorará en cada punto será el cociente entero, despreciándose los
decimales.
b) Méritos académicos y otros méritos con una puntuación máxima de 4,00 puntos.
b.1. Titulación académica: Se valorará con un máximo de 2,00 puntos.
Por estar en posesión de titulación de nivel superior a la mínima exigida y diferente del requisito de
acceso:
- Por estar en posesión del título de grado en Derecho, 2,00 puntos.
- Por Master realizado en la rama de ciencias jurídica 1,00 puntos
b.2) Formación (máximo 1,00 puntos).
Se valorarán los cursos o jornadas de formación y/o perfeccionamiento, recibidos o impartidos, que
versen sobre materias directamente relacionadas con las funciones propias del puesto convocado,
convocados por el propio Ayuntamiento de Majadas, Universidad Popular, por Centros Oficiales o
por cualquier Administración Pública, u Organismos y Organizaciones dependientes de ellas, o por
organizaciones sindicales u otros agentes promotores dentro del marco del Acuerdo de Formación
para el empleo de las Administraciones Públicas, Universidades y colegios profesionales y centros
acogidos al Plan de Formación de las Administraciones Públicas, SEPE, Instituto de la Mujer,
Instituto de la Mujer de Extremadura, FEMPEX, Diputaciones, Universidades o Colegios
Profesionales, Grupos de Acción Local, Fundaciones, Federaciones, Asociaciones, o bien por
cualquier organismo público o privado siempre que hayan sido oficialmente reconocidos o estén
cofinanciados por la Junta de Extremadura o por Fondos Europeos y que se acrediten mediante
título, certificado o diploma.
Asimismo, se valorarán los cursos de formación, recibidos o impartidos, que hayan sido
convocados, impartidos u homologados por los agentes anteriores, con contenidos transversales y
complementarios que contribuyan al desarrollo personal y profesional de los empleados públicos.
Cód.
Validación:
654QAPRKN2PK3CHRA6HGCGFRX
Verificación:
https://majadas.sedelectronica.es/
Documento
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electrónicamente
desde
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plataforma
esPublico
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en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 19 de junio de 2024
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MAJADAS DE TIÉTAR
(Cáceres)
Ayuntamiento de Majadas de Tiétar Plaza de Extremadura, 1 10.529 MAJADAS DE TIÉTAR (Cáceres)
Teléfono: 927 577 116 Fax: 927 577 146 E.Mail: alcaldia@ayuntamiento-majadas.es
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En el certificado se especificará el puesto o puestos de trabajo ocupados y se acompañará Vida
Laboral (aportada por la persona solicitante).
Los méritos de experiencia se acreditarán para los servicios prestados en otras Administraciones
Públicas mediante Vida Laboral y certificación expedida por el responsable de la unidad
administrativa en la que hubiera prestado sus servicios, en la cual deberá constar la siguiente
información:
- Puesto y funciones realizadas.
- Tipo de vínculo (fijo, temporal, indefinido no fijo de plantilla, formación).
- Régimen jurídico de vinculación (laboral, funcionario, estatutario).
- Fecha de inicio y de fin de cada una de las vinculaciones.
- Total de días de vinculación y régimen de jornada (completa, tiempo parcial).
El cómputo de los servicios prestados se efectuará por meses. Para eso, se calculará en cada
apartado del baremo el número total de días reflejados en vida laboral y se dividirá entre 30, de tal
manera que lo que se valorará en cada punto será el cociente entero, despreciándose los
decimales.
b) Méritos académicos y otros méritos con una puntuación máxima de 4,00 puntos.
b.1. Titulación académica: Se valorará con un máximo de 2,00 puntos.
Por estar en posesión de titulación de nivel superior a la mínima exigida y diferente del requisito de
acceso:
- Por estar en posesión del título de grado en Derecho, 2,00 puntos.
- Por Master realizado en la rama de ciencias jurídica 1,00 puntos
b.2) Formación (máximo 1,00 puntos).
Se valorarán los cursos o jornadas de formación y/o perfeccionamiento, recibidos o impartidos, que
versen sobre materias directamente relacionadas con las funciones propias del puesto convocado,
convocados por el propio Ayuntamiento de Majadas, Universidad Popular, por Centros Oficiales o
por cualquier Administración Pública, u Organismos y Organizaciones dependientes de ellas, o por
organizaciones sindicales u otros agentes promotores dentro del marco del Acuerdo de Formación
para el empleo de las Administraciones Públicas, Universidades y colegios profesionales y centros
acogidos al Plan de Formación de las Administraciones Públicas, SEPE, Instituto de la Mujer,
Instituto de la Mujer de Extremadura, FEMPEX, Diputaciones, Universidades o Colegios
Profesionales, Grupos de Acción Local, Fundaciones, Federaciones, Asociaciones, o bien por
cualquier organismo público o privado siempre que hayan sido oficialmente reconocidos o estén
cofinanciados por la Junta de Extremadura o por Fondos Europeos y que se acrediten mediante
título, certificado o diploma.
Asimismo, se valorarán los cursos de formación, recibidos o impartidos, que hayan sido
convocados, impartidos u homologados por los agentes anteriores, con contenidos transversales y
complementarios que contribuyan al desarrollo personal y profesional de los empleados públicos.
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Miércoles, 19 de junio de 2024
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