Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Torrecilla de Los Ángeles. (BOP-2024-3277)
BOP-2024-3277 Aprobación definitiva Programa de Activación para el Empleo Local.
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Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Torrecilla de Los Ángeles
ANUNCIO. Aprobación definitiva Programa de Activación para el Empleo Local.
Se eleva automáticamente a definitivo, al no haberse formulado reclamaciones en el plazo
legalmente establecido al efecto, el acuerdo adoptado por el Pleno del Ayuntamiento de
Torrecilla de los Ángeles, en sesión ordinaria celebrada en fecha 22 de marzo de 2024, sobre
aprobación del Programa de Activación para el Empleo Local, con publicación del texto íntegro.
1. Introducción.
Dentro de sus limitaciones y posibilidades, el Ayuntamiento del Municipio de Torrecilla de los
Ángeles procura dar respuesta a las necesidades del conjunto del sistema productivo, teniendo
en cuenta tanto a las empresas como a los/as trabajadores/as, prestando especial atención a
las personas trabajadoras desempleadas.
El Programa de activación para el empleo local que se promueve, en función del diagnóstico de
situación del grupo de población que actualmente se encuentra buscando activamente un
empleo dentro de este municipio, contiene propuestas que pretenden ajustarse a la realidad
actual de estas personas.
Para ello, incorpora acciones dirigidas a poner en marcha una política local integral de
empleabilidad, con la pretensión, entre otros fines, de aportar experiencia laboral a aquellos
sectores de población desempleada que tienen mayores dificultades de acceso al mercado de
trabajo.
En los términos señalados por la Carta Europea de Autonomía Local, hecha en Estrasburgo el
15 de octubre de 1985, en relación a alcance de la autonomía local, las Entidades locales
tienen, dentro del ámbito de la Ley, libertad plena para ejercer su iniciativa en toda materia que
no esté excluida de su competencia o atribuida a otra autoridad.
En este sentido, en función de lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley 7/1985, de 2 de julio,
Reguladora de las Bases de Régimen Local -- en adelante LRBRL, el Municipio, para la gestión
de sus intereses y en el ámbito de sus competencias, puede promover actividades y prestar los
servicios públicos que contribuyan a satisfacer las necesidades y aspiraciones de la comunidad
CVE:
BOP-2024-3277
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 14 de junio de 2024
N.º 0113
Pág. 13836
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Torrecilla de Los Ángeles
ANUNCIO. Aprobación definitiva Programa de Activación para el Empleo Local.
Se eleva automáticamente a definitivo, al no haberse formulado reclamaciones en el plazo
legalmente establecido al efecto, el acuerdo adoptado por el Pleno del Ayuntamiento de
Torrecilla de los Ángeles, en sesión ordinaria celebrada en fecha 22 de marzo de 2024, sobre
aprobación del Programa de Activación para el Empleo Local, con publicación del texto íntegro.
1. Introducción.
Dentro de sus limitaciones y posibilidades, el Ayuntamiento del Municipio de Torrecilla de los
Ángeles procura dar respuesta a las necesidades del conjunto del sistema productivo, teniendo
en cuenta tanto a las empresas como a los/as trabajadores/as, prestando especial atención a
las personas trabajadoras desempleadas.
El Programa de activación para el empleo local que se promueve, en función del diagnóstico de
situación del grupo de población que actualmente se encuentra buscando activamente un
empleo dentro de este municipio, contiene propuestas que pretenden ajustarse a la realidad
actual de estas personas.
Para ello, incorpora acciones dirigidas a poner en marcha una política local integral de
empleabilidad, con la pretensión, entre otros fines, de aportar experiencia laboral a aquellos
sectores de población desempleada que tienen mayores dificultades de acceso al mercado de
trabajo.
En los términos señalados por la Carta Europea de Autonomía Local, hecha en Estrasburgo el
15 de octubre de 1985, en relación a alcance de la autonomía local, las Entidades locales
tienen, dentro del ámbito de la Ley, libertad plena para ejercer su iniciativa en toda materia que
no esté excluida de su competencia o atribuida a otra autoridad.
En este sentido, en función de lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley 7/1985, de 2 de julio,
Reguladora de las Bases de Régimen Local -- en adelante LRBRL, el Municipio, para la gestión
de sus intereses y en el ámbito de sus competencias, puede promover actividades y prestar los
servicios públicos que contribuyan a satisfacer las necesidades y aspiraciones de la comunidad
CVE:
BOP-2024-3277
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 14 de junio de 2024
N.º 0113
Pág. 13836