Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Torrecilla de Los Ángeles. (BOP-2024-3276)
BOP-2024-3276 Bases para la provisión con carácter temporal de dos Socorristas Acuáticos/as para la piscina de Torrecilla de los Ángeles, durante la temporada de baños 2024.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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ajustarse el procedimiento de selección de los/as funcionarios/as de Administración
Local. - La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad Efectiva de Mujeres y
Hombres.
El Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real
Decreto Legislativo 2/2015 de 23 octubre.
TERCERA. REQUISITOS DE LOS/AS ASPIRANTES.
Para poder tomar parte en la realización de las pruebas selectivas, los/as aspirantes deberán
reunir, en la fecha en que concluya el plazo de presentación de instancias, los siguientes
requisitos: (art. 56 TREBEP):
a) Ser ciudadano/a de la Unión Europea o tener residencia legal en España (art. 57.4
TREBEP).
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas inherentes al puesto
convocado.
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de
jubilación forzosa.
d) No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera
de las Administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las
Comunidades Autónomas, no hallarse en inhabilitación absoluta o especial para el
ejercicio de las funciones propias del cuerpo, escala o categoría objeto de la
convocatoria mediante sentencia firme o por haber sido despedido/a disciplinariamente
de conformidad con lo previsto en el artículo 96.1.b) del Texto Refundido de la Ley del
Estatuto Básico del/a Empleado/a Público/a, aprobado por Real Decreto Legislativo
5/2015, de 30 de octubre. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse
inhabilitado/a o en situación equivalente ni haber sido sometido/a a sanción disciplinaria
o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo
público. No hallarse inhabilitado/a por sentencia firme o como consecuencia de haber
sido despedido/a disciplinariamente de forma procedente, para ejercer funciones
similares a las propias de la categoría profesional a la que se pretende acceder.
Tratándose de personas nacionales de otros Estados, no hallarse inhabilitado/a o en
situación equivalente ni haber sido sometido/a a sanción disciplinaria o equivalente que
impida en los mismos términos en su Estado el acceso al empleo público.
e) Poseer la titulación exigida o cumplir los requisitos para su obtención en la fecha de
finalización del plazo de presentación de solicitudes de participación.
CVE:
BOP-2024-3276
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 14 de junio de 2024
N.º 0113
Pág. 13823
ajustarse el procedimiento de selección de los/as funcionarios/as de Administración
Local. - La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad Efectiva de Mujeres y
Hombres.
El Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real
Decreto Legislativo 2/2015 de 23 octubre.
TERCERA. REQUISITOS DE LOS/AS ASPIRANTES.
Para poder tomar parte en la realización de las pruebas selectivas, los/as aspirantes deberán
reunir, en la fecha en que concluya el plazo de presentación de instancias, los siguientes
requisitos: (art. 56 TREBEP):
a) Ser ciudadano/a de la Unión Europea o tener residencia legal en España (art. 57.4
TREBEP).
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas inherentes al puesto
convocado.
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de
jubilación forzosa.
d) No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera
de las Administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las
Comunidades Autónomas, no hallarse en inhabilitación absoluta o especial para el
ejercicio de las funciones propias del cuerpo, escala o categoría objeto de la
convocatoria mediante sentencia firme o por haber sido despedido/a disciplinariamente
de conformidad con lo previsto en el artículo 96.1.b) del Texto Refundido de la Ley del
Estatuto Básico del/a Empleado/a Público/a, aprobado por Real Decreto Legislativo
5/2015, de 30 de octubre. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse
inhabilitado/a o en situación equivalente ni haber sido sometido/a a sanción disciplinaria
o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo
público. No hallarse inhabilitado/a por sentencia firme o como consecuencia de haber
sido despedido/a disciplinariamente de forma procedente, para ejercer funciones
similares a las propias de la categoría profesional a la que se pretende acceder.
Tratándose de personas nacionales de otros Estados, no hallarse inhabilitado/a o en
situación equivalente ni haber sido sometido/a a sanción disciplinaria o equivalente que
impida en los mismos términos en su Estado el acceso al empleo público.
e) Poseer la titulación exigida o cumplir los requisitos para su obtención en la fecha de
finalización del plazo de presentación de solicitudes de participación.
CVE:
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Verificable
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Viernes, 14 de junio de 2024
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