Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2024-3256)
BOP-2024-3256 Bases y convocatoria para la elaboración de una bolsa de empleo temporal de Técnicos/as SIG A2 Agenda Provincial.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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AREA DE GESTION DE RECURSOS
HUMANOS, SEPEI Y PREVENCION DE
RRLL
Terminada la exposición de todos los temas, el Tribunal podrá abrir un diálogo con la
persona aspirante, por un tiempo máximo de 10 minutos, sobre cuestiones relacionadas
con los temas desarrollados, quien deberá contestar a las aclaraciones que soliciten u
observaciones que formulen los miembros del Tribunal.
En este ejercicio se valorará el volumen y comprensión de los conocimientos, la claridad de
ideas y la capacidad de expresión oral, el perfil, conocimientos y habilidades.
Las sesiones del ejercicio oral, incluyendo el diálogo que puede abrirse con el aspirante
terminada la exposición de los temas, serán públicas y serán grabadas en audio. La
persona aspirante deberá identificarse con nombre y documento nacional de identidad al
comienzo de la grabación.
OCTAVA.-Calificación del proceso selectivo.
8.1.-Con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y
seguridad jurídica que deben regir el acceso al empleo público, el Tribunal deberá calificar
los ejercicios de las personas aspirantes de acuerdo con los criterios de corrección y los
baremos de puntuación establecidos en esta convocatoria.
El ejercicio de la fase de oposición se calificará de la forma siguiente:
Ejercicio obligatorio: elaboración y defensa de memoria técnica se calificará de 0 a 20
puntos, y será necesario para aprobar obtener como mínimo 10 puntos.
La capacidad y formación general supondrá un 35 por ciento de la puntuación total de
este ejercicio; la claridad de ideas, un 35 por ciento; la precisión y rigor en la
exposición, un 20 por ciento, y la calidad de expresión escrita, un 10 por ciento El
ejercicio será calificado por cada miembro del Tribunal de 0 a 20 puntos, dividiéndose la
suma de las calificaciones entre el número de miembros del Tribunal que las han
otorgado, siendo el cociente la calificación del ejercicio.
8.2. Se eliminarán las puntuaciones máxima y mínima otorgadas cuando entre éstas
exista una diferencia igual o superior a tres puntos; en el caso de que haya más de dos
notas emitidas que se diferencien en tres o más puntos, se mantendrá el principio de
eliminar las puntuaciones máxima y mínima; si en esta situación, además, se produjese
empate en las puntuaciones máximas o en las mínimas, sólo se eliminarán una de las
calificaciones máximas y otra de las mínimas.
En ningún caso se procederá a la exclusión de las calificaciones extremas cuando al
efectuarse dicha exclusión pueda alcanzarse una nota media superior a la que se
lograría de computarse la totalidad de las calificaciones.
En este ejercicio se valorarán los conocimientos generales, la claridad y orden de
ideas, y la capacidad de expresión, síntesis y la precisión y rigor en la exposición.
CVE:
BOP-2024-3256
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 14 de junio de 2024
N.º 0113
Pág. 13731
HUMANOS, SEPEI Y PREVENCION DE
RRLL
Terminada la exposición de todos los temas, el Tribunal podrá abrir un diálogo con la
persona aspirante, por un tiempo máximo de 10 minutos, sobre cuestiones relacionadas
con los temas desarrollados, quien deberá contestar a las aclaraciones que soliciten u
observaciones que formulen los miembros del Tribunal.
En este ejercicio se valorará el volumen y comprensión de los conocimientos, la claridad de
ideas y la capacidad de expresión oral, el perfil, conocimientos y habilidades.
Las sesiones del ejercicio oral, incluyendo el diálogo que puede abrirse con el aspirante
terminada la exposición de los temas, serán públicas y serán grabadas en audio. La
persona aspirante deberá identificarse con nombre y documento nacional de identidad al
comienzo de la grabación.
OCTAVA.-Calificación del proceso selectivo.
8.1.-Con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y
seguridad jurídica que deben regir el acceso al empleo público, el Tribunal deberá calificar
los ejercicios de las personas aspirantes de acuerdo con los criterios de corrección y los
baremos de puntuación establecidos en esta convocatoria.
El ejercicio de la fase de oposición se calificará de la forma siguiente:
Ejercicio obligatorio: elaboración y defensa de memoria técnica se calificará de 0 a 20
puntos, y será necesario para aprobar obtener como mínimo 10 puntos.
La capacidad y formación general supondrá un 35 por ciento de la puntuación total de
este ejercicio; la claridad de ideas, un 35 por ciento; la precisión y rigor en la
exposición, un 20 por ciento, y la calidad de expresión escrita, un 10 por ciento El
ejercicio será calificado por cada miembro del Tribunal de 0 a 20 puntos, dividiéndose la
suma de las calificaciones entre el número de miembros del Tribunal que las han
otorgado, siendo el cociente la calificación del ejercicio.
8.2. Se eliminarán las puntuaciones máxima y mínima otorgadas cuando entre éstas
exista una diferencia igual o superior a tres puntos; en el caso de que haya más de dos
notas emitidas que se diferencien en tres o más puntos, se mantendrá el principio de
eliminar las puntuaciones máxima y mínima; si en esta situación, además, se produjese
empate en las puntuaciones máximas o en las mínimas, sólo se eliminarán una de las
calificaciones máximas y otra de las mínimas.
En ningún caso se procederá a la exclusión de las calificaciones extremas cuando al
efectuarse dicha exclusión pueda alcanzarse una nota media superior a la que se
lograría de computarse la totalidad de las calificaciones.
En este ejercicio se valorarán los conocimientos generales, la claridad y orden de
ideas, y la capacidad de expresión, síntesis y la precisión y rigor en la exposición.
CVE:
BOP-2024-3256
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 14 de junio de 2024
N.º 0113
Pág. 13731