Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cadalso. (BOP-2024-3193)
BOP-2024-3193 Aprobación definitiva plan activación del empleo local.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Actividades culturales, deportivas y recreativas.
Actividades auxiliares de gestión administrativa.
Los datos obtenidos en el estudio inicial nos indican que en todos estos sectores disponemos
de ocupaciones demandadas por las personas desempleadas en la localidad, y que estas
ocupaciones no son las más contratadas de manera habitual.
Se da además la circunstancia de que en todas ellas el grado de experiencia de las personas
demandantes de empleo es generalmente bajo.
Por todo ello, se proponen las siguientes como ocupaciones a impulsar en los programas
desarrollados dentro del plan de empleo local:
Peones de usos múltiples.
Operarios/as de mantenimiento en general: albañilería, fontanería, jardinería y similares.
Personal de limpieza de viales y/o barrenderos/as.
Directores/as de programas de ocio y tiempo libre.
Monitores/as de ocio y tiempo libre.
Auxiliares de biblioteca.
Auxiliares administrativos/as.
Peones de agricultura.
VIGENCIA.
El Plan de fomento y activación de empleo de CADALSO tendrá una vigencia hasta el 31 de
diciembre de 2024, con prórrogas automáticas anuales incluidas en los presupuestos
municipales.
FINANCIACIÓN.
La financiación del Plan de fomento y activación del empleo local del Ayuntamiento de
CADALSO se llevará a cabo tanto con recursos propios de las diferentes aplicaciones
presupuestarias destinadas a empleo, de las que se doten en su desarrollo, así como con las
distintas ayudas y subvenciones que puedan recibir cuyo objeto sea el fomento del empleo, la
mejora de la empleabilidad, y la contratación de personal.
Lo que se hace público en los términos del artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de Octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, haciendo saber que
contra dicho acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse alternativamente
recurso de reposición ante el órgano que lo aprobó en el plazo de un mes a contar desde el día
CVE:
BOP-2024-3193
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 10 de junio de 2024
N.º 0109
Pág. 13511
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Actividades culturales, deportivas y recreativas.
Actividades auxiliares de gestión administrativa.
Los datos obtenidos en el estudio inicial nos indican que en todos estos sectores disponemos
de ocupaciones demandadas por las personas desempleadas en la localidad, y que estas
ocupaciones no son las más contratadas de manera habitual.
Se da además la circunstancia de que en todas ellas el grado de experiencia de las personas
demandantes de empleo es generalmente bajo.
Por todo ello, se proponen las siguientes como ocupaciones a impulsar en los programas
desarrollados dentro del plan de empleo local:
Peones de usos múltiples.
Operarios/as de mantenimiento en general: albañilería, fontanería, jardinería y similares.
Personal de limpieza de viales y/o barrenderos/as.
Directores/as de programas de ocio y tiempo libre.
Monitores/as de ocio y tiempo libre.
Auxiliares de biblioteca.
Auxiliares administrativos/as.
Peones de agricultura.
VIGENCIA.
El Plan de fomento y activación de empleo de CADALSO tendrá una vigencia hasta el 31 de
diciembre de 2024, con prórrogas automáticas anuales incluidas en los presupuestos
municipales.
FINANCIACIÓN.
La financiación del Plan de fomento y activación del empleo local del Ayuntamiento de
CADALSO se llevará a cabo tanto con recursos propios de las diferentes aplicaciones
presupuestarias destinadas a empleo, de las que se doten en su desarrollo, así como con las
distintas ayudas y subvenciones que puedan recibir cuyo objeto sea el fomento del empleo, la
mejora de la empleabilidad, y la contratación de personal.
Lo que se hace público en los términos del artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de Octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, haciendo saber que
contra dicho acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse alternativamente
recurso de reposición ante el órgano que lo aprobó en el plazo de un mes a contar desde el día
CVE:
BOP-2024-3193
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 10 de junio de 2024
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