Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Santiago del Campo. (BOP-2024-3173)
BOP-2024-3173 Modificación Ordenanzas Fiscales.
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Durante dicho plazo podrán ser examinados por cualquier interesado/a en las dependencias
municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes.
En el caso de no presentarse reclamaciones en el citado plazo, se entenderá definitivamente
aprobado el acuerdo de las mencionadas Ordenanzas.
Una vez transcurrido este periodo contra el presente acuerdo se podrá interponer por los/as
interesados/as recurso contencioso–administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-
Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
en el plazo de dos meses contados a partir de los treinta días siguiente al de la publicación de
este anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora
de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Las presentes modificaciones entrarán en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial de
la Provincia y comenzarán a aplicarse a partir del día 1 de enero de 2024, permaneciendo en
vigor para ejercicios sucesivos, hasta su modificación o derogación expresas.
Santiago del Campo, 31 de mayo de 2024
Samuel Fernández Macarro
PRESIDENTE
CVE:
BOP-2024-3173
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 7 de junio de 2024
N.º 0108
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municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes.
En el caso de no presentarse reclamaciones en el citado plazo, se entenderá definitivamente
aprobado el acuerdo de las mencionadas Ordenanzas.
Una vez transcurrido este periodo contra el presente acuerdo se podrá interponer por los/as
interesados/as recurso contencioso–administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-
Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
en el plazo de dos meses contados a partir de los treinta días siguiente al de la publicación de
este anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora
de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Las presentes modificaciones entrarán en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial de
la Provincia y comenzarán a aplicarse a partir del día 1 de enero de 2024, permaneciendo en
vigor para ejercicios sucesivos, hasta su modificación o derogación expresas.
Santiago del Campo, 31 de mayo de 2024
Samuel Fernández Macarro
PRESIDENTE
CVE:
BOP-2024-3173
Verificable
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http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 7 de junio de 2024
N.º 0108
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