Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Navas del Madroño. (BOP-2024-3113)
BOP-2024-3113 Aprobación definitiva de la modificación de la Ordenanza Reguladora de la adjudicación directa del Arrendamiento de instalaciones patrimoniales de propiedad municipal.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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- Utilización conjunta del local por acuerdo entre varios/as solicitantes para una misma fecha: el
canon y la fianza se repartirán entre los/as usuarios/as.
- En caso de no acuerdo entre varios/as solicitantes para su uso durante una misma fecha: se
resolverá por fecha de solicitud y pago de fianza.
3.3 “Casa de la Laguna”:
- Utilización por particulares para fines privados (banquetes de comuniones, bodas, reuniones
sociales y similares): 50 euros (irreducible). Dicho canon se abonará en el Ayuntamiento sin
perjuicio del depósito de una fianza, que garantiza la devolución del bien al Ayuntamiento en
las mismas condiciones que lo encontraron (de limpieza, sin daños, etc): 50 euros (irreducible).
La fianza también será exigible a las Asociaciones que soliciten la utilización.
- Utilización conjunta del local por acuerdo entre varios/as solicitantes para una misma fecha: el
canon y la fianza se repartirán entre los/as usuarios/as.
- En caso de no acuerdo entre varios/as solicitantes para su uso durante una misma fecha: se
resolverá por fecha de solicitud y pago de fianza.
3.4 “Mesas”: Utilización por particulares para fines privados (banquetes de comuniones, bodas,
reuniones sociales y similares):
- Canon: Cada mesa 3 euros. Dicho canon se abonará en el Ayuntamiento sin perjuicio del
depósito de una fianza, que garantiza la devolución del bien al Ayuntamiento en las mismas
condiciones que lo encontraron (de limpieza, sin daños, etc): Hasta 10 mesas 50 euros
(irreducible). Más de 10 mesas 100 euros(irreducible). La fianza también será exigible a las
Asociaciones que soliciten la utilización.
- En caso de no acuerdo entre varios/as solicitantes para su uso durante una misma fecha: se
resolverá por fecha de solicitud y pago de fianza.
3.5 “1/2 escenario”: Utilización por particulares para fines privados (banquetes de comuniones,
bodas, reuniones sociales y similares):
- Canon: 100€. Dicho canon se abonará en el Ayuntamiento sin perjuicio del depósito de una
fianza, que garantiza la devolución del bien al Ayuntamiento en las mismas condiciones que lo
encontraron (de limpieza, sin daños, etc): 200 €. La fianza también será exigible a las
Asociaciones que soliciten la utilización.
CVE:
BOP-2024-3113
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 5 de junio de 2024
N.º 0106
Pág. 13179
canon y la fianza se repartirán entre los/as usuarios/as.
- En caso de no acuerdo entre varios/as solicitantes para su uso durante una misma fecha: se
resolverá por fecha de solicitud y pago de fianza.
3.3 “Casa de la Laguna”:
- Utilización por particulares para fines privados (banquetes de comuniones, bodas, reuniones
sociales y similares): 50 euros (irreducible). Dicho canon se abonará en el Ayuntamiento sin
perjuicio del depósito de una fianza, que garantiza la devolución del bien al Ayuntamiento en
las mismas condiciones que lo encontraron (de limpieza, sin daños, etc): 50 euros (irreducible).
La fianza también será exigible a las Asociaciones que soliciten la utilización.
- Utilización conjunta del local por acuerdo entre varios/as solicitantes para una misma fecha: el
canon y la fianza se repartirán entre los/as usuarios/as.
- En caso de no acuerdo entre varios/as solicitantes para su uso durante una misma fecha: se
resolverá por fecha de solicitud y pago de fianza.
3.4 “Mesas”: Utilización por particulares para fines privados (banquetes de comuniones, bodas,
reuniones sociales y similares):
- Canon: Cada mesa 3 euros. Dicho canon se abonará en el Ayuntamiento sin perjuicio del
depósito de una fianza, que garantiza la devolución del bien al Ayuntamiento en las mismas
condiciones que lo encontraron (de limpieza, sin daños, etc): Hasta 10 mesas 50 euros
(irreducible). Más de 10 mesas 100 euros(irreducible). La fianza también será exigible a las
Asociaciones que soliciten la utilización.
- En caso de no acuerdo entre varios/as solicitantes para su uso durante una misma fecha: se
resolverá por fecha de solicitud y pago de fianza.
3.5 “1/2 escenario”: Utilización por particulares para fines privados (banquetes de comuniones,
bodas, reuniones sociales y similares):
- Canon: 100€. Dicho canon se abonará en el Ayuntamiento sin perjuicio del depósito de una
fianza, que garantiza la devolución del bien al Ayuntamiento en las mismas condiciones que lo
encontraron (de limpieza, sin daños, etc): 200 €. La fianza también será exigible a las
Asociaciones que soliciten la utilización.
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Verificable
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