Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Miajadas. (BOP-2024-3111)
BOP-2024-3111 EXTRACTO Ayudas concesión de subvenciones en materia de premios a la Excelencia Académica 2023/2024.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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- Un premio de 300 euros al mejor expediente de Bachillerato, en la rama de Ciencias
Sociales y Humanidades, obtenido por un/a alumno/a que reúna los requisitos de las
presentes Bases en el I.E.S. Gonzalo Torrente Ballester de Miajadas.
- Un premio de 300 euros al mejor expediente de ciclo formativo grado medio de
Formación Profesional, obtenido por un/a alumno/a que reúna los requisitos de las
presentes Bases en el I.E.S. Gonzalo Torrente Ballester de Miajadas.
- Un premio de 300 euros al mejor expediente de ciclo formativo grado superior de
Formación Profesional, obtenido por un/a alumno/a que reúna los requisitos de las
presentes Bases en el I.E.S. Gonzalo Torrente Ballester de Miajadas.
6. Obligaciones de los centro educativos.
En virtud de los principios de cooperación, colaboración y coordinación entre las
Administraciones Públicas (Art. 3.1 k) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público, los Centros Educativos detallados en el Punto de las presentes Bases
deberán:
Remitir al Ayuntamiento en el plazo establecido en este convenio la información necesaria para
la concesión de los premios objetos del mismo.
Remitir igualmente la documentación contenida en el apartado séptima.
Asegurar que el/la alumno/a seleccionado/a cumple con los requisitos contenidos en dicha
convocatoria.Comunicar al alumno/a propuesto/a su selección y recabar su autorización para
que se entregue en el Ayuntamiento la documentación requerida y sea tramitado el premio
correspondiente.
7. Obligaciones del ayuntamiento de Miajadas.
El Ayuntamiento de Miajadas, en el marco de las presentes Bases, deberá cumplir con las
siguientes obligaciones:
Proceder al abono de las cantidades recogidas en las presentes bases, en concepto de
premios, mediante transferencia bancaria.
Notificar a la entidad educativa interesada cualquier incidente que pudiera producirse o del que
tenga conocimiento y pudiera alterar la propuesta a formular por alguno/s de los Centros
Educativos interesados o en su caso deba ser tenido en cuenta.
Guardar sigilo sobre las informaciones aportadas por la entidad educativa interesada en la
tramitación del procedimiento de concesión.
Resolver los procedimientos de concesión de premios en los plazos contenidos en estas bases.
CVE:
BOP-2024-3111
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 5 de junio de 2024
N.º 0106
Pág. 13174
Sociales y Humanidades, obtenido por un/a alumno/a que reúna los requisitos de las
presentes Bases en el I.E.S. Gonzalo Torrente Ballester de Miajadas.
- Un premio de 300 euros al mejor expediente de ciclo formativo grado medio de
Formación Profesional, obtenido por un/a alumno/a que reúna los requisitos de las
presentes Bases en el I.E.S. Gonzalo Torrente Ballester de Miajadas.
- Un premio de 300 euros al mejor expediente de ciclo formativo grado superior de
Formación Profesional, obtenido por un/a alumno/a que reúna los requisitos de las
presentes Bases en el I.E.S. Gonzalo Torrente Ballester de Miajadas.
6. Obligaciones de los centro educativos.
En virtud de los principios de cooperación, colaboración y coordinación entre las
Administraciones Públicas (Art. 3.1 k) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público, los Centros Educativos detallados en el Punto de las presentes Bases
deberán:
Remitir al Ayuntamiento en el plazo establecido en este convenio la información necesaria para
la concesión de los premios objetos del mismo.
Remitir igualmente la documentación contenida en el apartado séptima.
Asegurar que el/la alumno/a seleccionado/a cumple con los requisitos contenidos en dicha
convocatoria.Comunicar al alumno/a propuesto/a su selección y recabar su autorización para
que se entregue en el Ayuntamiento la documentación requerida y sea tramitado el premio
correspondiente.
7. Obligaciones del ayuntamiento de Miajadas.
El Ayuntamiento de Miajadas, en el marco de las presentes Bases, deberá cumplir con las
siguientes obligaciones:
Proceder al abono de las cantidades recogidas en las presentes bases, en concepto de
premios, mediante transferencia bancaria.
Notificar a la entidad educativa interesada cualquier incidente que pudiera producirse o del que
tenga conocimiento y pudiera alterar la propuesta a formular por alguno/s de los Centros
Educativos interesados o en su caso deba ser tenido en cuenta.
Guardar sigilo sobre las informaciones aportadas por la entidad educativa interesada en la
tramitación del procedimiento de concesión.
Resolver los procedimientos de concesión de premios en los plazos contenidos en estas bases.
CVE:
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