Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Miajadas. (BOP-2024-3110)
BOP-2024-3110 EXTRACTO. Bases reguladoras que regirán las ayudas extraordinarias de apoyo social para contingencias. Año 2024.
30 páginas totales
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Juzgado de lo Contencioso Administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día
siguiente a la mencionada publicación. Si se optara por interponer recurso de reposición, no
podrá interponerse recurso Contencioso – Administrativo, hasta que aquél haya sido resuelto
expresamente o haya sido desestimado por silencio administrativo.
XX.- PUBLICIDAD
La convocatoria y sus bases, así como los sucesivos anuncios relativos a las ayudas se
publicarán en la Base Nacional de Subvenciones, junto a un extracto en el B.O.P. de Cáceres,
además de en el Tablón de Edictos y en la página web municipal: www.miajadas.org.
Se prevé la no publicación de las ayudas concedidas al amparo de esta convocatoria, de
conformidad con lo establecido en el artículo 2.8 b) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones, en relación con la Ley Orgánica 1/1982, de 5 de mayo, de
Protección Civil del Derecho al Honor, a la Intimidad Personal y Familiar y a la Propia Imagen,
así como el artículo 1.1. de la Directiva 95/46/CE, en cuanto al tratamiento de datos de carácter
personal, al ser los destinatarios de las mismas personas o familias en situación de
vulnerabilidad, determinada ésta por la falta o insuficiencia de recursos económicos para hacer
frente a los suministros energéticos básicos relativos a su vivienda habitual.
XXI.- DERECHO SUPLETORIO.
En todo lo no previsto en la presente convocatoria, se estará a lo dispuesto en el Decreto de la
Consejería de Sanidad y Servicios Sociales número 110/2021, de fecha 22 de septiembre
(D.O.E. número 187, de 28/09/2021), por el que se regulan las ayudas extraordinarias de
apoyo social para contingencias del programa de Colaboración Económica Municipal para
ayudas extraordinarias de apoyo social para contingencias, actualizado por Resolución de 2 de
enero de 2023, de la Dirección General de Servicios Sociales, Infancia y Familias, por la que se
dispone la actualización de los anexos I y IV, y la Orden de 2 de enero de 2023 por la que se
actualizan los límites de ingresos y los importes de las ayudas contemplados en el Decreto
110/2021, de 22 de septiembre, así como lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Común de las Administraciones Públicas, entre otras.
XXII.- ENTRADA EN VIGOR DE LA CONVOCATORIA:
La presente convocatoria entrará en vigor al día siguiente de la publicación de su extracto en el
B.O.P de Cáceres.
CVE:
BOP-2024-3110
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 5 de junio de 2024
N.º 0106
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siguiente a la mencionada publicación. Si se optara por interponer recurso de reposición, no
podrá interponerse recurso Contencioso – Administrativo, hasta que aquél haya sido resuelto
expresamente o haya sido desestimado por silencio administrativo.
XX.- PUBLICIDAD
La convocatoria y sus bases, así como los sucesivos anuncios relativos a las ayudas se
publicarán en la Base Nacional de Subvenciones, junto a un extracto en el B.O.P. de Cáceres,
además de en el Tablón de Edictos y en la página web municipal: www.miajadas.org.
Se prevé la no publicación de las ayudas concedidas al amparo de esta convocatoria, de
conformidad con lo establecido en el artículo 2.8 b) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones, en relación con la Ley Orgánica 1/1982, de 5 de mayo, de
Protección Civil del Derecho al Honor, a la Intimidad Personal y Familiar y a la Propia Imagen,
así como el artículo 1.1. de la Directiva 95/46/CE, en cuanto al tratamiento de datos de carácter
personal, al ser los destinatarios de las mismas personas o familias en situación de
vulnerabilidad, determinada ésta por la falta o insuficiencia de recursos económicos para hacer
frente a los suministros energéticos básicos relativos a su vivienda habitual.
XXI.- DERECHO SUPLETORIO.
En todo lo no previsto en la presente convocatoria, se estará a lo dispuesto en el Decreto de la
Consejería de Sanidad y Servicios Sociales número 110/2021, de fecha 22 de septiembre
(D.O.E. número 187, de 28/09/2021), por el que se regulan las ayudas extraordinarias de
apoyo social para contingencias del programa de Colaboración Económica Municipal para
ayudas extraordinarias de apoyo social para contingencias, actualizado por Resolución de 2 de
enero de 2023, de la Dirección General de Servicios Sociales, Infancia y Familias, por la que se
dispone la actualización de los anexos I y IV, y la Orden de 2 de enero de 2023 por la que se
actualizan los límites de ingresos y los importes de las ayudas contemplados en el Decreto
110/2021, de 22 de septiembre, así como lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Común de las Administraciones Públicas, entre otras.
XXII.- ENTRADA EN VIGOR DE LA CONVOCATORIA:
La presente convocatoria entrará en vigor al día siguiente de la publicación de su extracto en el
B.O.P de Cáceres.
CVE:
BOP-2024-3110
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 5 de junio de 2024
N.º 0106
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