Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Riolobos. (BOP-2024-3083)
BOP-2024-3083 Delegación alcaldía celebración de boda.
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Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Riolobos
EDICTO. Delegación alcaldía celebración de boda.
Resolución de la Alcaldía de fecha 24 de mayo de 2024, sobre delegación de competencias
sobre matrimonio civil.
D. José Pedro Rodríguez Martín, Alcalde del Excmo. Ayuntamiento de Riolobos.
Resultando que D. Julio Alberto Rodríguez Rodríguez y D.ª Lady Diana Muñoz Barreto han
solicitado autorización para contraer matrimonio civil el día 14 de septiembre de 2024, ante la
Sra. Concejala de este Ayuntamiento Dña. María Sánchez Moreno por delegación de esta
Alcaldía.
Teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 51.2, 1.º del Código Civil, en la redacción dada
por la Ley 35/1994, de 23 de diciembre, sobre autorización de matrimonio civil por los alcaldes,
y en los artículos 124.5 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen
Local, así como los artículos 43 y siguientes del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre,
por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de
las Entidades Locales.
En en uso de las facultades que le confiere el artículo 21 de la Ley 7/85 y disposiciones
concordantes,
DISPONGO:
Primero. — Delegar en la Concejala de este Excmo. Ayuntamiento Dña. María Sánchez
Moreno la competencia de esta Alcaldía para la celebración del matrimonio civil entre D. Julio
Alberto Rodríguez Rodríguez y D.ª Lady Diana Muñoz Barreto el día 14 de septiembre de 2024.
Segundo. — La delegación deberá estar documentada previamente, bastando para ello, que en
el acta de autorización del matrimonio se haga constar que el Concejal ha actuado por
delegación de esta Alcaldía.
CVE:
BOP-2024-3083
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 4 de junio de 2024
N.º 0105
Pág. 13025
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Riolobos
EDICTO. Delegación alcaldía celebración de boda.
Resolución de la Alcaldía de fecha 24 de mayo de 2024, sobre delegación de competencias
sobre matrimonio civil.
D. José Pedro Rodríguez Martín, Alcalde del Excmo. Ayuntamiento de Riolobos.
Resultando que D. Julio Alberto Rodríguez Rodríguez y D.ª Lady Diana Muñoz Barreto han
solicitado autorización para contraer matrimonio civil el día 14 de septiembre de 2024, ante la
Sra. Concejala de este Ayuntamiento Dña. María Sánchez Moreno por delegación de esta
Alcaldía.
Teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 51.2, 1.º del Código Civil, en la redacción dada
por la Ley 35/1994, de 23 de diciembre, sobre autorización de matrimonio civil por los alcaldes,
y en los artículos 124.5 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen
Local, así como los artículos 43 y siguientes del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre,
por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de
las Entidades Locales.
En en uso de las facultades que le confiere el artículo 21 de la Ley 7/85 y disposiciones
concordantes,
DISPONGO:
Primero. — Delegar en la Concejala de este Excmo. Ayuntamiento Dña. María Sánchez
Moreno la competencia de esta Alcaldía para la celebración del matrimonio civil entre D. Julio
Alberto Rodríguez Rodríguez y D.ª Lady Diana Muñoz Barreto el día 14 de septiembre de 2024.
Segundo. — La delegación deberá estar documentada previamente, bastando para ello, que en
el acta de autorización del matrimonio se haga constar que el Concejal ha actuado por
delegación de esta Alcaldía.
CVE:
BOP-2024-3083
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 4 de junio de 2024
N.º 0105
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