Sección II - Administración Autonómica. Junta de Extremadura. Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible. (BOP-2024-3027)
BOP-2024-3027 AT-9319. Ampliación de línea aérea de alta tensión "Cilleros" de la STR Moraleja de 20 KV y enlace con la línea LAMT "Circunvalación 1" de la STR Moraleja (Cáceres). Términos municipales: Moraleja y Cilleros (Cáceres).
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Segundo. De conformidad con lo establecido en la legislación vigente, se realizaron los trámites
indicados a continuación:
- Información pública del proyecto, por el plazo legalmente establecido, siendo
realizadas publicaciones en los siguientes medios:
Diario Oficial de Extremadura: 16/03/2022.
Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres: 24/03/2022.
Periódico HOY: 02/04/2022.
Tablón de edictos del Ayuntamiento de Cilleros: 11/03/2022.
Tablón de edictos del Ayuntamiento de Moraleja: 11/03/2022.
- Información a otras Administraciones Públicas y empresas de servicio público o de
interés general, al objeto de que, en relación con bienes y derechos a su cargo
afectados por el proyecto, emitieran informes sobre la solicitud de declaración de utilidad
pública.
Tercero. Respecto a las actuaciones indicadas en el apartado anterior debe hacerse constar lo
siguiente:
- Durante el trámite de información pública no han sido presentadas alegaciones.
- La Empresa ha manifestado su aceptación de los condicionados recogidos en los
pronunciamientos e informes emitidos por las Administraciones Públicas y empresas de
servicio público o de interés general.
Cuarto. Las instalaciones objeto de la presente resolución tienen otorgada autorización
administrativa previa mediante Resolución del Servicio de Ordenación Industrial, Energética y
Minera.
Quinto. Las instalaciones objeto de la presente Resolución tienen otorgada autorización
administrativa de construcción mediante Resolución del Servicio de Ordenación Industrial,
Energética y Minera.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. Conforme a lo dispuesto en el artículo 9.1.37 del Estatuto de Autonomía de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, en la redacción dada por la Ley Orgánica 1/2011, de
28 de enero, la misma posee la competencia exclusiva en materia de instalaciones de
producción, almacenamiento, distribución y transporte de energías de cualquier tipo en su
CVE:
BOP-2024-3027
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 30 de mayo de 2024
N.º 0103
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