Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2024-2976)
BOP-2024-2976 Bases de la Convocatoria abierta de Subvenciones, en Régimen de Concurrencia Competitiva a Entidades, Organizaciones y Colectivos para el Desarrollo, Fomento y Promoción de Competiciones y Eventos Deportivos Aislados Propios durante el ejercicio de 2024.
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Concejalía de Deporte
deportes@ayto-caceres.es
927 627 506
pendientes de realizar a la fecha de finalización del plazo máximo de justificación de este
periodo (30 de noviembre de 2024), como financiación necesaria para poder llevar a cabo
las actuaciones inherentes a la subvención y sin necesidad de constituir garantías para las
subvenciones concedidas por importe inferior a 3.000 euros, al amparo de artículo 33 de la
Ordenanza General de Subvenciones del Excmo. Ayuntamiento de Cáceres.
Base 11. Obligaciones de los beneficiarios.
Los beneficiarios asumirán, además de las obligaciones contenidas en las
presentes Bases y las previstas en el artículo 14 de la Ley 38/2003, General de
Subvenciones, las siguientes:
a) Realizar la actividad para la que se ha solicitado subvención y se le concede la
misma.
b) Presentar la justificación de la realización de la actividad mediante la cuenta
justificativa simplificada, que comprenderá las facturas acompañadas del justificante
acreditativo de haberse abonado, nóminas abonadas, etc. realizadas con cargo a la
subvención, en la forma, condiciones y plazos establecidos en el artículo 30 de la
Ley 38/2003, General de Subvenciones y artículo 75 del Reglamento General de
Subvenciones.
c) Facilitar cuantas actuaciones de comprobación se requieran por parte del
Ayuntamiento de Cáceres. Asimismo, quedarán obligados a facilitar cuanta
información le sea demandada y sometidas al control financiero, que corresponde a
la Intervención General del Ayuntamiento.
d) Comunicar al Ayuntamiento de Cáceres la obtención de otras subvenciones,
ayudas, ingresos o recursos que financien la actividad subvencionada.
e) A realizar la adecuada publicidad del carácter público de la financiación de la
actividad objeto de subvención, con las siguientes obligaciones:
* La entidad deportiva deberá incluir en toda la publicidad escrita, hablada o gráfica
que se realice de la actividad subvencionada la leyenda “en colaboración con el Excmo.
Ayuntamiento de Cáceres”.
CVE:
BOP-2024-2976
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 30 de mayo de 2024
N.º 0103
Pág. 12438
deportes@ayto-caceres.es
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pendientes de realizar a la fecha de finalización del plazo máximo de justificación de este
periodo (30 de noviembre de 2024), como financiación necesaria para poder llevar a cabo
las actuaciones inherentes a la subvención y sin necesidad de constituir garantías para las
subvenciones concedidas por importe inferior a 3.000 euros, al amparo de artículo 33 de la
Ordenanza General de Subvenciones del Excmo. Ayuntamiento de Cáceres.
Base 11. Obligaciones de los beneficiarios.
Los beneficiarios asumirán, además de las obligaciones contenidas en las
presentes Bases y las previstas en el artículo 14 de la Ley 38/2003, General de
Subvenciones, las siguientes:
a) Realizar la actividad para la que se ha solicitado subvención y se le concede la
misma.
b) Presentar la justificación de la realización de la actividad mediante la cuenta
justificativa simplificada, que comprenderá las facturas acompañadas del justificante
acreditativo de haberse abonado, nóminas abonadas, etc. realizadas con cargo a la
subvención, en la forma, condiciones y plazos establecidos en el artículo 30 de la
Ley 38/2003, General de Subvenciones y artículo 75 del Reglamento General de
Subvenciones.
c) Facilitar cuantas actuaciones de comprobación se requieran por parte del
Ayuntamiento de Cáceres. Asimismo, quedarán obligados a facilitar cuanta
información le sea demandada y sometidas al control financiero, que corresponde a
la Intervención General del Ayuntamiento.
d) Comunicar al Ayuntamiento de Cáceres la obtención de otras subvenciones,
ayudas, ingresos o recursos que financien la actividad subvencionada.
e) A realizar la adecuada publicidad del carácter público de la financiación de la
actividad objeto de subvención, con las siguientes obligaciones:
* La entidad deportiva deberá incluir en toda la publicidad escrita, hablada o gráfica
que se realice de la actividad subvencionada la leyenda “en colaboración con el Excmo.
Ayuntamiento de Cáceres”.
CVE:
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