Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Carcaboso. (BOP-2024-2916)
BOP-2024-2916 Aprobación definitiva de la modificación de la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por puestos, barracas, casetas de venta, espectáculos o atracciones situadas en terrenos públicos.
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Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Carcaboso
ANUNCIO. Aprobación definitiva de la modificación de la Ordenanza Fiscal
reguladora de la Tasa por puestos, barracas, casetas de venta, espectáculos o
atracciones situadas en terrenos públicos.
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda
automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario provisional de modificación de la
Ordenanza Fiscal Reguladora de Reguladora de la tasa por puestos, barracas, casetas de
venta, espectáculos o atracciones situadas en terrenos públicos, cuyo texto íntegro se hace
público, para su general conocimiento y en cumplimiento del artículo 17.4 del Texto Refundido
de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo
2/2004, de 5 de marzo.
Se modifica el artículo 5.º:
“Artículo 5º.- Cuota tributaria.
A)Tarifa primera. Puestos, barracas, casetas de venta, espectáculos e industrias callejeras:
- Durante las fiestas locales:
Se establecerán los siguientes tramos:
Los primeros 20 metros cuadrados: 2 €/metro cuadrado.
Los siguientes metros cuadros, que excedan de los 20 primeros metros hasta 50 metros
cuadrados: 1,5 €/metro cuadrado.
Los siguientes metros cuadrados, que excedan de los 50 metros cuadrados: 2€/ metro
cuadrado.
- Durante todo el año (excepto los días correspondientes a las fiestas locales): Se establece
una tarifa única de 100 €”.
Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 19 del Texto Refundido de la Ley Reguladora
CVE:
BOP-2024-2916
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 28 de mayo de 2024
N.º 0101
Pág. 12254
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Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Carcaboso
ANUNCIO. Aprobación definitiva de la modificación de la Ordenanza Fiscal
reguladora de la Tasa por puestos, barracas, casetas de venta, espectáculos o
atracciones situadas en terrenos públicos.
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda
automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario provisional de modificación de la
Ordenanza Fiscal Reguladora de Reguladora de la tasa por puestos, barracas, casetas de
venta, espectáculos o atracciones situadas en terrenos públicos, cuyo texto íntegro se hace
público, para su general conocimiento y en cumplimiento del artículo 17.4 del Texto Refundido
de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo
2/2004, de 5 de marzo.
Se modifica el artículo 5.º:
“Artículo 5º.- Cuota tributaria.
A)Tarifa primera. Puestos, barracas, casetas de venta, espectáculos e industrias callejeras:
- Durante las fiestas locales:
Se establecerán los siguientes tramos:
Los primeros 20 metros cuadrados: 2 €/metro cuadrado.
Los siguientes metros cuadros, que excedan de los 20 primeros metros hasta 50 metros
cuadrados: 1,5 €/metro cuadrado.
Los siguientes metros cuadrados, que excedan de los 50 metros cuadrados: 2€/ metro
cuadrado.
- Durante todo el año (excepto los días correspondientes a las fiestas locales): Se establece
una tarifa única de 100 €”.
Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 19 del Texto Refundido de la Ley Reguladora
CVE:
BOP-2024-2916
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 28 de mayo de 2024
N.º 0101
Pág. 12254