Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2024-2912)
BOP-2024-2912 EXTRACTO. Bases convocatoria subvenciones Fondos Bibliográficos 24.
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6.- CRITERIOS DE VALORACIÓN:
No se requerirá a las entidades beneficiarias la aceptación fehaciente de las ayudas, que se
entenderá en todo caso positiva si no mediara renuncia expresa.
La cuantía de la subvención a conceder por la Diputación de Cáceres a cada entidad solicitante
estará en función de los criterios de valoración establecidos en la BASE SEGUNDA de la
Convocatoria, acordados entre la Diputación de Cáceres y la Junta de Extremadura.
Los datos relativos a estos criterios serán certificados por el/la Secretario/a de cada
Ayuntamiento o Entidad Local Menor o facilitados por la Junta de Extremadura, según se
detalla en las bases de la convocatoria.
El total de las subvenciones concedidas no podrán superar la cuantía del crédito disponible
para la presente convocatoria de subvenciones, expresado en la BASE SEGUNDA.
7.- OTROS DATOS DE INTERÉS
Las ayudas serán prepagables al 100%.
- Plazo de ejecución: del 1 de enero al 31 de diciembre de 2024.
- Plazo de justificación: hasta el 31 de marzo de 2025.
Cáceres, 15 de mayo de 2024
María Esther Gutiérrez Morán
VICEPRESIDENTA PRIMERA DE TERRITORIO, IGUALDAD Y CULTURA
CVE:
BOP-2024-2912
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 28 de mayo de 2024
N.º 0101
Pág. 12249
No se requerirá a las entidades beneficiarias la aceptación fehaciente de las ayudas, que se
entenderá en todo caso positiva si no mediara renuncia expresa.
La cuantía de la subvención a conceder por la Diputación de Cáceres a cada entidad solicitante
estará en función de los criterios de valoración establecidos en la BASE SEGUNDA de la
Convocatoria, acordados entre la Diputación de Cáceres y la Junta de Extremadura.
Los datos relativos a estos criterios serán certificados por el/la Secretario/a de cada
Ayuntamiento o Entidad Local Menor o facilitados por la Junta de Extremadura, según se
detalla en las bases de la convocatoria.
El total de las subvenciones concedidas no podrán superar la cuantía del crédito disponible
para la presente convocatoria de subvenciones, expresado en la BASE SEGUNDA.
7.- OTROS DATOS DE INTERÉS
Las ayudas serán prepagables al 100%.
- Plazo de ejecución: del 1 de enero al 31 de diciembre de 2024.
- Plazo de justificación: hasta el 31 de marzo de 2025.
Cáceres, 15 de mayo de 2024
María Esther Gutiérrez Morán
VICEPRESIDENTA PRIMERA DE TERRITORIO, IGUALDAD Y CULTURA
CVE:
BOP-2024-2912
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 28 de mayo de 2024
N.º 0101
Pág. 12249