Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Trujillo. (BOP-2024-2906)
BOP-2024-2906 Bases de Convocatoria del proceso selectivo para la contratación en régimen laboral temporal de Un/a Gestor/a Cultural.
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[https://trujillo.sedelectronica.es] y en el Tablón de Edictos municipal, la relación de los
aspirantes con la puntuación obtenida. Los interesados podrán interponer reclamación en el
plazo de dos días hábiles ante el Tribunal y éste publicará, resueltas las reclamaciones, la
relación definitiva de seleccionados en el Tablón de Edictos Municipal y sede electrónica
[https://trujillo.sedelectronica.es], con la propuesta del aspirante para su contratación.
El aspirante propuesto aportará ante el Ayuntamiento de Trujillo, en el plazo máximo que se le
fije, la documentación necesaria para la formalización del contrato y alta en la Seguridad
Social.
La no presentación del interesado o de la documentación requerida en el plazo fijado dará lugar
a la exclusión del mismo, en favor del aspirante siguiente en la lista de seleccionados.
Una vez cumplido el requisito anterior, por el Sr. Alcalde-Presidente se dictará resolución para
la formalización del correspondiente contrato.
Mientras no se formalice el respectivo contrato y no se incorpore al puesto de trabajo, el
aspirante no tendrá derecho a percepción económica de ninguna clase.
Este Ayuntamiento se reserva el derecho a realizar las investigaciones que estime oportunas
para comprobar la veracidad de lo expuesto en la documentación presentada por los
aspirantes.
Se constituirá una bolsa de trabajo con vigencia hasta el fin de contratación o en el caso de que
se produzcan bajas por I.T., renuncias y otros, siguiendo el orden final obtenido por los
restantes aspirantes.
NOVENA. RÉGIMEN DE INCOMPATIBILIDADES.
El candidato que resulte propuesto para la contratación queda sujeto a lo dispuesto en la Ley
53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las
Administraciones Públicas.
DÉCIMA. REFERENCIAS DE GÉNERO.
Todas las referencias contenidas en las presentes bases que se efectúan en género masculino,
se entenderán hechas indistintamente en género femenino. Los géneros han sido empleados
conforme a la práctica y uso generalmente admitidos en aras a la agilidad lingüística.
CVE:
BOP-2024-2906
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 27 de mayo de 2024
N.º 0100
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