Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Navaconcejo. (BOP-2024-2869)
BOP-2024-2869 Bases generales y programa por los que se regirá la convocatoria para proveer una plaza de administrativo/a, vacante en la plantilla municipal (funcionario/a) mediante el sistema de oposición libre.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Quienes, sin causa justificada, no tomarán posesión dentro del plazo señalado, no adquirirán la
condición de funcionarios, perdiendo todos los derechos derivados de las pruebas selectivas y
del subsiguiente nombramiento conferido.
NOVENA. LISTA DE ESPERA.
1. Normas generales.
Se constituirá una lista de espera con los/as aspirantes que hayan aprobado al menos el primer
ejercicio de la fase de oposición. Las normas se regirán por lo previsto en el artículo 29 del
Decreto 201/1995, de 26 de diciembre. El orden de la lista vendrá determinado por el de la
puntuación alcanzada por los candidatos/as.
2. Utilización de la lista.
En razón a la urgencia requerida para cubrir transitoriamente los puestos de trabajo vacantes,
hasta tanto se destine a los mismos a funcionarios o personal laboral fijo.
Igualmente, para nombramiento de funcionarios interinos en cualquiera de las modalidades
previstas en el artículo 10.1 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que
se aprueba el Texto Refundido de la Ley del EBEP referidas a plazas vacantes, sustitución
transitoria del titular, ejecución transitoria de programas de carácter temporal con una duración
máxima de 3 años y por exceso o acumulación de tareas por un máximo de 6 meses en un
período de doce.
Así mismo para contrataciones temporales de carácter interino referidas a plazas vacantes,
sustitución transitoria de sus titulares o por exceso o acumulación de tareas, aun siendo la
actividad normal del servicio. De conformidad al Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de
octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del ET.
En estos supuestos la selección se realizará entre los aspirantes que integren la Lista de
Espera, por riguroso orden de puntuación, siempre que reúnan los requisitos exigidos para el
desempeño del puesto de trabajo.
3. Forma del llamamiento.
El llamamiento se realizará a través del siguiente sistema:
- Contacto telefónico: se realizarán hasta 3 intentos diarios de llamada al número facilitado
durante dos días consecutivos contando con el día del primer intento.
CVE:
BOP-2024-2869
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 24 de mayo de 2024
N.º 0099
Pág. 12075
condición de funcionarios, perdiendo todos los derechos derivados de las pruebas selectivas y
del subsiguiente nombramiento conferido.
NOVENA. LISTA DE ESPERA.
1. Normas generales.
Se constituirá una lista de espera con los/as aspirantes que hayan aprobado al menos el primer
ejercicio de la fase de oposición. Las normas se regirán por lo previsto en el artículo 29 del
Decreto 201/1995, de 26 de diciembre. El orden de la lista vendrá determinado por el de la
puntuación alcanzada por los candidatos/as.
2. Utilización de la lista.
En razón a la urgencia requerida para cubrir transitoriamente los puestos de trabajo vacantes,
hasta tanto se destine a los mismos a funcionarios o personal laboral fijo.
Igualmente, para nombramiento de funcionarios interinos en cualquiera de las modalidades
previstas en el artículo 10.1 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que
se aprueba el Texto Refundido de la Ley del EBEP referidas a plazas vacantes, sustitución
transitoria del titular, ejecución transitoria de programas de carácter temporal con una duración
máxima de 3 años y por exceso o acumulación de tareas por un máximo de 6 meses en un
período de doce.
Así mismo para contrataciones temporales de carácter interino referidas a plazas vacantes,
sustitución transitoria de sus titulares o por exceso o acumulación de tareas, aun siendo la
actividad normal del servicio. De conformidad al Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de
octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del ET.
En estos supuestos la selección se realizará entre los aspirantes que integren la Lista de
Espera, por riguroso orden de puntuación, siempre que reúnan los requisitos exigidos para el
desempeño del puesto de trabajo.
3. Forma del llamamiento.
El llamamiento se realizará a través del siguiente sistema:
- Contacto telefónico: se realizarán hasta 3 intentos diarios de llamada al número facilitado
durante dos días consecutivos contando con el día del primer intento.
CVE:
BOP-2024-2869
Verificable
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http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 24 de mayo de 2024
N.º 0099
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