Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Navezuelas. (BOP-2024-2814)
BOP-2024-2814 Aprobación definitiva Modificación Ordenanza Municipal.
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Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Navezuelas
ANUNCIO. Aprobación definitiva Modificación Ordenanza Municipal.
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda
automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario inicial aprobatorio de la modificación
de la Ordenanza municipal reguladora de la tasa por la prestación de los servicios de casas de
baño, duchas, piscinas e instalaciones deportivas y otros servicios análogos, cuyo texto íntegro
se hace público, para su general conocimiento y en cumplimiento de lo previsto en el artículo
70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
Artículo 3.- CUANTÍA.
1. La cuantía de la tasa regulada en esta ordenanza será fijada en la tarifa contenida en el
apartado siguiente, para cada uno de los distintos servicios o actividades.
2. La tarifa de esta tasa por persona será la siguiente:
PISCINA MUNICIPAL:
ENTRADAS
Niños/as menores de 4 años Exentos
Niños/as (de 4 a 14 años) 2,00 €
Adultos/as 2,50 €
Mayores de 65 años empadronados/as en Navezuelas. Exentos
ABONO INDIVIDUAL MENSUAL (mes natural).
Niños/as menores de 4 años. Exentos
Niños/as (de 4 a 14 años). 20,00
CVE:
BOP-2024-2814
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 23 de mayo de 2024
N.º 0098
Pág. 11905
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Navezuelas
ANUNCIO. Aprobación definitiva Modificación Ordenanza Municipal.
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda
automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario inicial aprobatorio de la modificación
de la Ordenanza municipal reguladora de la tasa por la prestación de los servicios de casas de
baño, duchas, piscinas e instalaciones deportivas y otros servicios análogos, cuyo texto íntegro
se hace público, para su general conocimiento y en cumplimiento de lo previsto en el artículo
70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
Artículo 3.- CUANTÍA.
1. La cuantía de la tasa regulada en esta ordenanza será fijada en la tarifa contenida en el
apartado siguiente, para cada uno de los distintos servicios o actividades.
2. La tarifa de esta tasa por persona será la siguiente:
PISCINA MUNICIPAL:
ENTRADAS
Niños/as menores de 4 años Exentos
Niños/as (de 4 a 14 años) 2,00 €
Adultos/as 2,50 €
Mayores de 65 años empadronados/as en Navezuelas. Exentos
ABONO INDIVIDUAL MENSUAL (mes natural).
Niños/as menores de 4 años. Exentos
Niños/as (de 4 a 14 años). 20,00
CVE:
BOP-2024-2814
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 23 de mayo de 2024
N.º 0098
Pág. 11905