Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Losar de la Vera. (BOP-2024-2809)
BOP-2024-2809 Convocatoria de Proceso selectivo para Secretario/a-Interventor/a interino/a.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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B.1. Superación de ejercicios en pruebas selectivas o procesos de selección para la
constitución de relaciones de personas candidatas (máximo 2,5 puntos):
a) La superación de alguno de los ejercicios correspondientes a las pruebas selectivas de
acceso, como personal funcionario de carrera, a la subescala de Secretaría-Intervención de la
escala de personal funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional,
convocadas por el Ministerio con competencias en Administraciones Públicas o por las
Comunidades Autónomas. Cada ejercicio superado se valorará con 0,50 puntos por ejercicio,
hasta un máximo de 1,50 puntos.
b) La superación de alguno de los ejercicios correspondientes a las pruebas Selectivas de
acceso, como personal funcionario de carrera, a las subescalas de Secretaría o de
Intervención-Tesorería, de la escala de personal funcionario de Administración Local con
habilitación de carácter nacional, convocadas por el Ministerio con competencias en
Administraciones Públicas o por las Comunidades Autónomas. Cada ejercicio superado se
valorará con 0,30 puntos por ejercicio, hasta un máximo de 1 punto.
Los ejercicios superados en pruebas selectivas se acreditarán mediante certificación expedida
por el tribunal de selección correspondiente o por el órgano en cuyos archivos se custodie el
expediente administrativo del proceso selectivo de que se trate.
B.2. Experiencia profesional (máximo 1,50 puntos): los servicios prestados se valorarán por
mes trabajado. En los certificados de servicios prestados, el tiempo que aparezca expresado
en años se transformará en meses (a razón de doce meses por año) y el expresado en días se
transformará en meses (a razón de treinta días por mes). De este modo, serán objeto de
valoración:
a) Los servicios prestados en entidades locales como personal funcionario interino, en puestos
reservados a la subescala de Secretaría-Intervención de la escala de personal funcionario de
Administración Local con habilitación de carácter nacional.
Estos servicios se valorarán hasta un máximo de 1 punto, con 0,04 puntos por mes completo
trabajado.
b) Los servicios prestados en entidades locales como personal funcionario interino, en puestos
reservados a las subescalas de Secretaría o de Intervención-Tesorería, de la escala de
personal funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional. Estos
servicios se valorarán hasta un máximo de 0,50 puntos, con 0,02 puntos por mes completo
trabajado.
CVE:
BOP-2024-2809
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 23 de mayo de 2024
N.º 0098
Pág. 11894
constitución de relaciones de personas candidatas (máximo 2,5 puntos):
a) La superación de alguno de los ejercicios correspondientes a las pruebas selectivas de
acceso, como personal funcionario de carrera, a la subescala de Secretaría-Intervención de la
escala de personal funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional,
convocadas por el Ministerio con competencias en Administraciones Públicas o por las
Comunidades Autónomas. Cada ejercicio superado se valorará con 0,50 puntos por ejercicio,
hasta un máximo de 1,50 puntos.
b) La superación de alguno de los ejercicios correspondientes a las pruebas Selectivas de
acceso, como personal funcionario de carrera, a las subescalas de Secretaría o de
Intervención-Tesorería, de la escala de personal funcionario de Administración Local con
habilitación de carácter nacional, convocadas por el Ministerio con competencias en
Administraciones Públicas o por las Comunidades Autónomas. Cada ejercicio superado se
valorará con 0,30 puntos por ejercicio, hasta un máximo de 1 punto.
Los ejercicios superados en pruebas selectivas se acreditarán mediante certificación expedida
por el tribunal de selección correspondiente o por el órgano en cuyos archivos se custodie el
expediente administrativo del proceso selectivo de que se trate.
B.2. Experiencia profesional (máximo 1,50 puntos): los servicios prestados se valorarán por
mes trabajado. En los certificados de servicios prestados, el tiempo que aparezca expresado
en años se transformará en meses (a razón de doce meses por año) y el expresado en días se
transformará en meses (a razón de treinta días por mes). De este modo, serán objeto de
valoración:
a) Los servicios prestados en entidades locales como personal funcionario interino, en puestos
reservados a la subescala de Secretaría-Intervención de la escala de personal funcionario de
Administración Local con habilitación de carácter nacional.
Estos servicios se valorarán hasta un máximo de 1 punto, con 0,04 puntos por mes completo
trabajado.
b) Los servicios prestados en entidades locales como personal funcionario interino, en puestos
reservados a las subescalas de Secretaría o de Intervención-Tesorería, de la escala de
personal funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional. Estos
servicios se valorarán hasta un máximo de 0,50 puntos, con 0,02 puntos por mes completo
trabajado.
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