Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cuacos de Yuste. (BOP-2024-2806)
BOP-2024-2806 Delegaciones a favor de Concejales/as.
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TERCERO.- Asimismo se hace constar que las áreas de Personal, Urbanismo, Festejos y
Actividades Culturales, Turismo, Agricultura y Ganadería, serán gestionadas directamente por
esta Alcaldía-Presidencia. Así mismo, y de manera transitoria, hasta tanto la Junta Electoral
Central remita la credencial de la nueva concejala que sigue en la lista electoral del Partido
Popular, previsiblemente D. Ángel Fernández Frías, que ya ha aceptado; esta Alcaldía asume
las delegaciones efectuadas en el Concejal que ha renunciado a su acta, salvo la de Igualdad,
que pasa a ser competencia de la Concejala, Paloma Martín Yubero, es decir: Juventud,
Deportes, Ocio y Tiempo Libre, y asumo también: Economía Verde y Circular.
Esta Alcaldía nombrará y coordinará a los/as miembros de la Comisión de los Festejos
Taurinos.
En términos similares, y para la mejor gestión municipal, de manera temporal, hasta la toma de
posesión del nuevo miembro del Grupo Municipal Popular (equipo de gobierno), se entiende
que aquellas representaciones que ostentaba el concejal que ha renunciado, serán asumidas,
coherentemente, por esta Alcaldía, o bien, por los/as Tenientes de Alcalde atendiendo a la
similitud de sus áreas de competencia. En el caso de la Comisión Especial de Cuentas, insisto,
de manera provisional, seremos los/as dos Tenientes de Alcalde y el propio Alcalde, como
presidente de la misma, quienes perteneceremos a la misma.
CUARTO: Todas las delegaciones genéricas anteriores abarcarán la facultad de dirigir los
servicios correspondientes así como la de gestionarlos en general, excluida la facultad de
resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros. Cada concejal/as asumirá,
personalmente, su responsabilidad por la gestión del área encomendada, y deberá informar a
esta Alcaldía de manera periódica de las gestiones efectuadas en sus áreas, al objeto de la
debida coordinación y sinergia.
QUINTO: La Alcaldía conservará las siguientes facultades en relación con todas las
competencias delegadas:
La de recibir información detallada de la gestión de la competencia delegada y de los
actos o disposiciones emanados en virtud de la delegación.
La de ser informado previamente a la adopción de decisiones de trascendencia.
La Alcaldía podrá revocar o avocar para sí, en cualquier momento, las competencias
delegadas, de acuerdo con el procedimiento legalmente establecido.
SEXTO: Recalcar que tan pronto la Junta Electoral Central remita la credencial del nuevo
miembro de la Corporación municipal, a la sazón, concejal del Grupo Municipal Popular, y
miembro del equipo de Gobierno local de Cuacos de Yuste; redactaré nuevo Decreto de
CVE:
BOP-2024-2806
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 23 de mayo de 2024
N.º 0098
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