Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Barrado. (BOP-2024-2752)
BOP-2024-2752 Delegación para celebración de matrimonio civil.
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Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Barrado
ANUNCIO. Delegación para celebración de matrimonio civil.
Mediante decreto de Alcaldía 2024-0059, de 16 de mayo de 2024, se ha dispuesto lo siguiente:
“Visto que se considera conveniente y adecuado, por haberlo pedido así las personas
contrayentes, delegar en D.ª Raquel Fagúndez Paniagua, Concejala del Ayuntamiento de
Barrado, la autorización del acto de celebración del matrimonio civil entre D.ª Patricia Frejo
Paniagua y D. Álvaro Díaz Prieto, que tendrá lugar el día 04 de septiembre de 2024.
Examinada la documentación que la acompaña y de conformidad con lo establecido en los
artículos 51 y 57 del Código Civil, así como en el apartado cuarto de la Instrucción de 26 de
enero de 1995, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, sobre Directrices
sobre la autorización del matrimonio civil por los Alcaldes, RESUELVO:
PRIMERO. Delegar en favor de D.ª Raquel Fagúndez Paniagua, concejala del Ayuntamiento
de Barrado, el ejercicio de la competencia correspondiente a la celebración del matrimonio civil
entre D.ª Patricia Frejo Paniagua y D. Álvaro Díaz Prieto, que tendrá lugar el día 04 de
septiembre de 2024.
SEGUNDO. La delegación deberá estar documentada previamente, bastando con que en el
acta de autorización del matrimonio se haga constar que la concejala ha actuado por
delegación de esta Alcaldía-Presidencia.
TERCERO. La delegación conferida en la presente resolución requerirá para su eficacia la
aceptación de la Concejala delegada, entendiéndose esta otorgada tácitamente si no se
formula ante esta Alcaldía-Presidencia expresa manifestación de no aceptación de la
delegación en el término de tres días hábiles contados desde el siguiente a aquel en que le sea
notificada esta resolución.
CUARTO. Notificar el acuerdo a la Concejala delegada y a las personas contrayentes en los
términos previstos en los artículos 40 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
CVE:
BOP-2024-2752
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 22 de mayo de 2024
N.º 0097
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