Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Casillas de Coria. (BOP-2024-2685)
BOP-2024-2685 Aprobación definitiva de la modificación de las Ordenanzas Fiscales reguladoras de las tasas.
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TASA POR EL SERVICIO DE RECOGIDA DE BASURAS, QUE SU ÚLTIMA MODIFICACIÓN,
SE RECOGIÓ EN LA CORRESPONDIENTE ORDENANZA FISCAL REGULADORA,
PUBLICADA EN EL TEXTO DEFINITIVO EN EL BOP Nº 0009 DE FECHA 15-01-2013.
ARTÍCULO 6. Cuota Tributaria.-
Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 19 del Texto Refundido de la Ley Reguladora
de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se
podrá interponer por los/as interesados/as recurso contencioso-administrativo, en el plazo de
dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín
Oficial de la Provincia, ante el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, con sede en
Cáceres.
Casillas de Coria, 14 de mayo de 2024
Mónica Martín Sánchez
ALCALDESA-PRESIDENTA
- La cuota tributaria anual será: IMPORTE DE LA TASA POR EL
SERVICIO DE RECOGIDA DE BASURAS. NATURALEZA Y DESTINO DE
LOS INMUEBLES
CUOTAS
Viviendas particulares (Ocupadas temporalmente y todo el año………… 50,00 euros
Comercios………………………………………………………. 84,00 euros
Talleres y análogos…………………………………………….. 84,00 euros
CVE:
BOP-2024-2685
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 20 de mayo de 2024
N.º 0095
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