Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Serradilla. (BOP-2024-2662)
BOP-2024-2662 Programa de Activación para el Empleo Local 2024.
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la misma, en un periodo máximo de 1 hora.
La persona que acepte la oferta de trabajo deberá acreditar su condición de
demandante de empleo con carácter previo a la firma del contrato.
La vigencia de esta Bolsa de Empleo quedará supeditada a la del Programa de
Activación para el Empleo Local del Ayuntamiento de Serradilla, procediéndose a la
apertura automática de la Bolsa para acceso a la misma y aportación y actualización de
méritos en los meses de enero, abril, julio y octubre de cada año. Las nuevas
incorporaciones se situarán en el orden que corresponda según puntuación y serán
llamadas cuando la bolsa llegue a dicha posición.
La Bolsa de Trabajo debidamente actualizada se encontrará publicada de forma
permanente en la sede electrónica del Ayuntamiento de Serradilla
[http://serradilla.sedelectronica.es] y en el Tablón de Anuncios del mismo.
DÉCIMA. Incidencias
Las presentes bases y convocatoria podrán ser impugnadas de conformidad con lo
establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
El llamamiento se realizará siguiendo el orden de puntuación que haya sido obtenida
por los aspirantes. Notificado el mismo, el/la aspirante deberá personarse en el
Ayuntamiento de Serradilla en el día y hora que se le indique a efectos de su
incorporación al puesto de trabajo, de tal forma que, si no lo hiciera sin alegación y
acreditación de alguna de las causas justificativas previstas en la Base Novena, se
procederá a su exclusión de la Bolsa de Trabajo, sin perjuicio de su posibilidad de
nuevo acceso a la misma en la siguiente apertura de la Bolsa.
Contra la convocatoria y sus bases, que agotan la vía administrativa, se podrá
interponer por los interesados recurso de reposición en el plazo de un mes ante la
Alcaldía, previo al contencioso-administrativo, que se podrá interponer en el plazo de
dos meses ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Cáceres a partir del
día siguiente al de publicación del anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia
(artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa).
En lo no previsto en las bases, será de aplicación el Texto Refundido de la Ley del
Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015,
de 30 de octubre, el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la
Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción
Ayuntamiento de Serradilla
Plaza de la Constitución, 1, Serradilla. 10530 (Cáceres). Tfno. 927 40 70 02. Fax: 927 40 71 63
Cód.
Validación:
4X3ERR2YC9S79NCAEN7S39KMH
Verificación:
https://serradilla.sedelectronica.es/
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firmado
electrónicamente
desde
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Viernes, 17 de mayo de 2024
N.º 0094
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