Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Serradilla. (BOP-2024-2662)
BOP-2024-2662 Programa de Activación para el Empleo Local 2024.
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Cualquier decisión que adopte el Tribunal y que deba conocer el personal aspirante
hasta la finalización del proceso selectivo se publicará en la sede electrónica de este
Ayuntamiento [http://serradilla.sedelectronica.es] y en el Tablón de anuncios del
mismo, bastando dicha publicación, en la fecha que se inicie, como notificación a
todos los efectos.
QUINTA. Tribunal Calificador
Los órganos de selección serán colegiados y su composición deberá ajustarse a los
principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros, y se tenderá,
asimismo, a la paridad entre mujer y hombre.
El personal de elección o de designación política, los funcionarios interinos y el
personal eventual no podrán formar parte de los órganos de selección.
La pertenencia a los órganos de selección será siempre a título individual, no pudiendo
ostentarse ésta en representación o por cuenta de nadie.
El Tribunal podrá disponer la incorporación a su labor en el proceso selectivo de
asesores especialistas para aquellos aspectos concretos del proceso selectivo que
considere, debido a la especialización técnica del trabajo a realizar. Su función se
circunscribe a un mero asesoramiento, es decir actúan con voz, pero sin voto, no
participan en la toma de decisiones del Tribunal. Los asesores deberán guardar sigilo y
confidencialidad acerca de los datos y asuntos sobre los que tengan conocimiento a
consecuencia de su colaboración en el Tribunal.
El Tribunal podrá designar personal colaborador para el desarrollo del proceso
selectivo, que actuará bajo su dirección, cuando la complejidad del proceso selectivo
lo aconseje.
La abstención y recusación de los miembros del Tribunal será de conformidad con los
artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público.
SEXTA. Sistemas de Selección y Desarrollo de los Procesos
La forma de selección será la de concurso. El Tribunal se constituirá para valorar los
méritos del concurso en base al siguiente baremo de acuerdo a las siguientes
circunstancias:
Ayuntamiento de Serradilla
Plaza de la Constitución, 1, Serradilla. 10530 (Cáceres). Tfno. 927 40 70 02. Fax: 927 40 71 63
Cód.
Validación:
4X3ERR2YC9S79NCAEN7S39KMH
Verificación:
https://serradilla.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
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3
de
10
CVE:
BOP-2024-2662
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 17 de mayo de 2024
N.º 0094
Pág. 11324
hasta la finalización del proceso selectivo se publicará en la sede electrónica de este
Ayuntamiento [http://serradilla.sedelectronica.es] y en el Tablón de anuncios del
mismo, bastando dicha publicación, en la fecha que se inicie, como notificación a
todos los efectos.
QUINTA. Tribunal Calificador
Los órganos de selección serán colegiados y su composición deberá ajustarse a los
principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros, y se tenderá,
asimismo, a la paridad entre mujer y hombre.
El personal de elección o de designación política, los funcionarios interinos y el
personal eventual no podrán formar parte de los órganos de selección.
La pertenencia a los órganos de selección será siempre a título individual, no pudiendo
ostentarse ésta en representación o por cuenta de nadie.
El Tribunal podrá disponer la incorporación a su labor en el proceso selectivo de
asesores especialistas para aquellos aspectos concretos del proceso selectivo que
considere, debido a la especialización técnica del trabajo a realizar. Su función se
circunscribe a un mero asesoramiento, es decir actúan con voz, pero sin voto, no
participan en la toma de decisiones del Tribunal. Los asesores deberán guardar sigilo y
confidencialidad acerca de los datos y asuntos sobre los que tengan conocimiento a
consecuencia de su colaboración en el Tribunal.
El Tribunal podrá designar personal colaborador para el desarrollo del proceso
selectivo, que actuará bajo su dirección, cuando la complejidad del proceso selectivo
lo aconseje.
La abstención y recusación de los miembros del Tribunal será de conformidad con los
artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público.
SEXTA. Sistemas de Selección y Desarrollo de los Procesos
La forma de selección será la de concurso. El Tribunal se constituirá para valorar los
méritos del concurso en base al siguiente baremo de acuerdo a las siguientes
circunstancias:
Ayuntamiento de Serradilla
Plaza de la Constitución, 1, Serradilla. 10530 (Cáceres). Tfno. 927 40 70 02. Fax: 927 40 71 63
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