Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Coria. (BOP-2024-2640)
BOP-2024-2640 Bases para la selección de 3 Agentes de Policía Local. Turno libre.
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1.4. Están dotada con las retribuciones básicas correspondientes al subgrupo C-1 y demás
retribuciones complementarias, asignadas al puesto al que se adscriba, conforme a la vigente
legislación y a lo que la Corporación tenga acordado.
1.5. Estará, además, sujeta a lo dispuesto en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de
Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas. Por tanto, no será
compatible el ejercicio de las funciones con el desempeño de ningún puesto o actividad en el
sector público, delimitado por el artículo 1 de la citada Ley, ni actividad privada incompatible
sujeta a reconocimiento de compatibilidad. 1.6. Al presente proceso le será de aplicación la Ley
7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local; el Real Decreto Legislativo
781/1986, de 13 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales
vigentes en materia de Régimen Local; el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre,
por el que se aprueba el texto refundido del Estatuto Básico del/a Empleado/a Público/a; la Ley
30/1984, de 2 de agosto; la Ley 7/2017, de 1 de agosto, de Coordinación de Policías Locales
de Extremadura; la ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de Extremadura; el Decreto
64/2022, de 8 de junio, por el que se regulan los sistemas de selección, provisión de puestos
de trabajo y movilidad de las Policías Locales de Extremadura, así como el Tribunal Único; el
Decreto 218/2009, de 9 de octubre, por el que se aprueban las Normas-Marco de los Policías
Locales de Extremadura, en todo lo que no contradiga al Decreto 64/2022; la Ley Orgánica
3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los derechos
digitales; el Decreto 201/1995, de 26 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento
General de Ingreso del personal al servicio de la Comunidad Autónoma de Extremadura; el
Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso
del personal al servicio de la Administración General del Estado. Igualmente, por la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas y por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, y
demás normativa que resulte de aplicación.
2. REQUISITOS DE LAS PERSONAS ASPIRANTES.
De conformidad a lo señalado en el artículo 11 del Decreto 64/2022, de 8 de junio y artículo
48.1 de la Ley 7/2017, de 1 de agosto, para tomar parte en este procedimiento selectivo será
necesario reunir las siguientes condiciones:
a) Tener nacionalidad española.
b) Tener cumplidos 18 años.
CVE:
BOP-2024-2640
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Viernes, 17 de mayo de 2024
N.º 0094
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