Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Alagón del Río. (BOP-2024-2623)
BOP-2024-2623 Bases para la provisión interina del puesto de Secretaría - Intervención.
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Interventores/as y Tesoreros/as de la provincia de Cáceres.
Un/a funcionario/a de carrera perteneciente al grupo de titulación correspondiente al
puesto, designado/a por la Dirección General de Administración Local de la Junta de
Extremadura, en representación de la misma.
Un/a funcionario/a de carrera de la subescala de Secretaría-Intervención de la
Diputación de Cáceres designado/a por la misma.
Secretaría:
Lo será la persona que estuviera ejerciendo las funciones de Secretaría-Intervención y,
en caso de no existir, sería nombrado/a por la Alcaldía-Presidencia, de entre
funcionarios/as de dicha subescala.
3.2. El Tribunal estará compuesto por los/as titulares y los/as respectivos/as suplentes que
simultáneamente habrán de designarse.
3.3. El Tribunal no podrá constituirse ni actuar válidamente sin la asistencia de más de la mitad
de sus miembros titulares o suplentes, indistintamente, siendo necesaria la presencia de la
Presidencia y de la Secretaría.
3.4. Las decisiones se adoptarán por mayoría.
3.5. La abstención y recusación de los/as miembros del Tribunal será conforme con los
artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público,
con notificación a la autoridad convocante.
3.6. El Tribunal quedará facultado para resolver las dudas que puedan presentarse y adoptar
resoluciones, criterios o medidas necesarias para el buen orden del concurso-oposición, en
aquellos aspectos no previstos en estas bases.
4. SOLICITUDES.
4.1. Las instancias solicitando formar parte de este proceso selectivo, en las que los/as
aspirantes manifestarán que reúnen todas las condiciones exigidas en la Base 2, se dirigirán a
la Alcaldía-Presidencia, presentándose en el Registro General del Ayuntamiento de Alagón del
Río en cualquiera de los registros u oficinas a que se refiere el artículo 7.1 del Decreto
257/2009, de 18 de diciembre, por el que se implanta un Sistema de Registro Único y se
regulan las funciones administrativas del mismo en el ámbito de la Administración de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, o por cualquiera de las formas previstas en el artículo
CVE:
BOP-2024-2623
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 17 de mayo de 2024
N.º 0094
Pág. 11170
Interventores/as y Tesoreros/as de la provincia de Cáceres.
Un/a funcionario/a de carrera perteneciente al grupo de titulación correspondiente al
puesto, designado/a por la Dirección General de Administración Local de la Junta de
Extremadura, en representación de la misma.
Un/a funcionario/a de carrera de la subescala de Secretaría-Intervención de la
Diputación de Cáceres designado/a por la misma.
Secretaría:
Lo será la persona que estuviera ejerciendo las funciones de Secretaría-Intervención y,
en caso de no existir, sería nombrado/a por la Alcaldía-Presidencia, de entre
funcionarios/as de dicha subescala.
3.2. El Tribunal estará compuesto por los/as titulares y los/as respectivos/as suplentes que
simultáneamente habrán de designarse.
3.3. El Tribunal no podrá constituirse ni actuar válidamente sin la asistencia de más de la mitad
de sus miembros titulares o suplentes, indistintamente, siendo necesaria la presencia de la
Presidencia y de la Secretaría.
3.4. Las decisiones se adoptarán por mayoría.
3.5. La abstención y recusación de los/as miembros del Tribunal será conforme con los
artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público,
con notificación a la autoridad convocante.
3.6. El Tribunal quedará facultado para resolver las dudas que puedan presentarse y adoptar
resoluciones, criterios o medidas necesarias para el buen orden del concurso-oposición, en
aquellos aspectos no previstos en estas bases.
4. SOLICITUDES.
4.1. Las instancias solicitando formar parte de este proceso selectivo, en las que los/as
aspirantes manifestarán que reúnen todas las condiciones exigidas en la Base 2, se dirigirán a
la Alcaldía-Presidencia, presentándose en el Registro General del Ayuntamiento de Alagón del
Río en cualquiera de los registros u oficinas a que se refiere el artículo 7.1 del Decreto
257/2009, de 18 de diciembre, por el que se implanta un Sistema de Registro Único y se
regulan las funciones administrativas del mismo en el ámbito de la Administración de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, o por cualquiera de las formas previstas en el artículo
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Viernes, 17 de mayo de 2024
N.º 0094
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