Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Casar de Cáceres. (BOP-2024-2594)
BOP-2024-2594 Aprobación Plan de Disposición de Fondos.
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2. ORDENACIÓN DE LOS PAGOS
Los pagos presupuestarios por ejecución del presupuesto de gastos se
ordenarán atendiendo al reconocimiento de la obligación correspondiente,
dada la necesaria ejecución presupuestaria de los mismos en función de los
respectivos devengos.
Cualquiera que sea el orden de prelación que, según este Plan,
correspondiera al pago, se ordenarán los pagos para que se realicen en
fecha anterior a la finalización del plazo previsto en la normativa de
morosidad.
Cada centro y servicio municipal deberá revisar los gastos a realizar de
forma periódica, con el objeto de evitar gastos imprevistos, puesto que estos
podrían afectar a la prelación de pagos y a las disposiciones de tesorería
previstas.
3. DISPONIBILIDADES DINERARIAS Y ORDEN DE PRELACIÓN EN LOS PAGOS
Cuando las disponibilidades de Tesorería, ciertas o estimadas, no permitirán
atender el pago de la totalidad de las obligaciones reconocidas vencidas y
exigibles , se estará al siguiente orden de prelación de pagos , criterios de
prelación de que se relacionan por orden decreciente, de forma que el
anterior prima sobre el posterior:
1º- Pagos correspondientes a amortización de deuda
Cód.
Validación:
5DL9AYGJEQLKDZ4ZCLCGCWWX2
Verificación:
https://casardecaceres.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
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9
CVE:
BOP-2024-2594
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 16 de mayo de 2024
N.º 0093
Pág. 11095
Los pagos presupuestarios por ejecución del presupuesto de gastos se
ordenarán atendiendo al reconocimiento de la obligación correspondiente,
dada la necesaria ejecución presupuestaria de los mismos en función de los
respectivos devengos.
Cualquiera que sea el orden de prelación que, según este Plan,
correspondiera al pago, se ordenarán los pagos para que se realicen en
fecha anterior a la finalización del plazo previsto en la normativa de
morosidad.
Cada centro y servicio municipal deberá revisar los gastos a realizar de
forma periódica, con el objeto de evitar gastos imprevistos, puesto que estos
podrían afectar a la prelación de pagos y a las disposiciones de tesorería
previstas.
3. DISPONIBILIDADES DINERARIAS Y ORDEN DE PRELACIÓN EN LOS PAGOS
Cuando las disponibilidades de Tesorería, ciertas o estimadas, no permitirán
atender el pago de la totalidad de las obligaciones reconocidas vencidas y
exigibles , se estará al siguiente orden de prelación de pagos , criterios de
prelación de que se relacionan por orden decreciente, de forma que el
anterior prima sobre el posterior:
1º- Pagos correspondientes a amortización de deuda
Cód.
Validación:
5DL9AYGJEQLKDZ4ZCLCGCWWX2
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