Sección II - Administración Autonómica. Junta de Extremadura. Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible. (BOP-2024-2538)
BOP-2024-2538 AT-9497. Línea de alta tensión a 45 kV "STR Villar de Plasencia - SRT Jerte I" para mejora del suministro eléctrico en el Valle del Jerte (Cáceres). Tramo II. Términos municipales: Villar de Plasencia, Cabezabellosa y El Torno.
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Segundo. De conformidad con lo establecido en la legislación vigente, se realizaron los trámites
indicados a continuación:
- Información pública del proyecto, por el plazo legalmente establecido, siendo realizadas
publicaciones en los siguientes medios:
Diario Oficial de Extremadura: 28/11/2023.
Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres: 07/12/2023.
Boletín Oficial del Estado: 27/11/2023.
Periódico EXTREMADURA: 24/11/2023.
Tablón de edictos del Ayuntamiento del Ayuntamiento de Villar de Plasencia:
22/11/2023.
Tablón de edictos del Ayuntamiento del Ayuntamiento de El Torno: 22/11/2023.
Tablón de edictos del Ayuntamiento de Cabezabellosa:21/11/2023.
- Información a otras Administraciones Públicas y empresas de servicio público o de interés
general, al objeto de que en relación con bienes y derechos a su cargo afectados por el
proyecto, emitieran informes sobre la solicitud de declaración de utilidad pública.
Tercero. Respecto a las actuaciones indicadas en el apartado anterior debe hacerse constar lo
siguiente:
- Durante el trámite de información pública no han sido presentadas alegaciones.
- La Empresa ha manifestado su aceptación de los condicionados recogidos en los
pronunciamientos e informes emitidos por las Administraciones Públicas y empresas de
servicio público o de interés general.
Cuarto. Las instalaciones objeto de la presente resolución tienen otorgada autorización
administrativa previa mediante Resolución del Servicio de Ordenación Industrial, Energética y
Minera.
Quinto. Las instalaciones objeto de la presente Resolución tienen otorgada autorización
administrativa de construcción mediante Resolución del Servicio de Ordenación Industrial,
Energética y Minera.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. Conforme a lo dispuesto en el artículo 9.1.37 del Estatuto de Autonomía de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, en la redacción dada por la Ley Orgánica 1/2011, de
CVE:
BOP-2024-2538
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 10 de mayo de 2024
N.º 0089
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