Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Gata. (BOP-2024-2498)
BOP-2024-2498 Bases reguladoras del proceso de selección para la provisión con carácter interino, del puesto de Secretaría-Intervención.
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Ayuntamiento de Gata
Ayuntamiento de Gata
Plza. de la Constitución, 1, Gata. 10860 (Cáceres). Tfno. 927672054. Fax: 927672144
La Administración Pública verificará la identidad de los interesados en el
procedimiento administrativo, mediante la comprobación de su nombre y
apellidos o denominación o razón social, según corresponda, que consten en
el Documento Nacional de Identidad o documento identificativo equivalente.
Los interesados podrán identificarse electrónicamente ante las
Administraciones Públicas a través de cualquier sistema que cuente con un
registro previo como usuario que permita garantizar su identidad conforme al
artículo 9.2 de la Ley 39/2015.
Para formular solicitudes, presentar declaraciones responsables o
comunicaciones, interponer recursos, desistir de acciones y renunciar a
derechos en nombre de otra persona, deberá acreditarse la
representación, de conformidad con lo indicado en el artículo 5 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común.
DATOS A EFECTOS DE NOTIFICACIONES
Medio de Notificación
Notificación electrónica
Notificación postal
Dirección
Código Postal Municipio Provincia
Teléfono Móvil Fax Correo electrónico
OBJETO DE LA SOLICITUD
EXPONE
Que, vista la convocatoria y proceso selectivo mediante el sistema de
concurso-oposición de una plaza de secretaría-intervención del
Ayuntamiento de Gata (Cáceres) , a cubrir en régimen de interinidad,
conforme a las bases que se publican en el Boletín Oficial de la Provincia
número _____, de fecha _________.
DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD
 Tener la nacionalidad española o de alguno de los Estados miembros
de la Unión Europea, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 90 de
la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de Extremadura.
 Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
 Tener cumplidos dieciséis años y no exceder de la edad de jubilación
forzosa, salvo que por ley se establezca otra edad máxima para el
acceso al empleo público.
Cód.
Validación:
AHW44STTMKRG2PN7MFWJAFHN6
Verificación:
https://gata.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
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11
de
13
CVE:
BOP-2024-2498
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 9 de mayo de 2024
N.º 0088
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