Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Belvís de Monroy. (BOP-2024-2491)
BOP-2024-2491 Convocatoria personal funcionario/a mediante concurso - oposición de una Plaza de Alguacil de Servicios Múltiples.
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AYUNTAMIENTO DE BELVIS DE MONROY
C.I.F. P-1002700-A
Teléfono 927575823-24 Fax 927575784
C/ Escuelas, s/n.
10.394 – BELVIS DE MONROY
procedimiento de selección queda informado y presta su consentimiento para el
tratamiento de los datos de carácter personal facilitados. El /la opositor podrá ejercitar
respecto a sus datos de carácter personal los derechos de acceso, rectificación,
cancelación y oposición previstos en la Ley Orgánica citada, mediante escrito a este
Ayuntamiento de Belvís de Monroy, sito en la Calle Escuelas, s/n. - 10394 – Belvís de
Monroy (Cáceres). Asimismo a efectos de gestión del proceso de selección para el
que el /la aspirante ha autorizado la utilización de sus datos, éstos podrán ser
comunicados a terceros y en su caso publicados, con la única finalidad del desarrollo
del proceso selectivo correspondiente.
DÉCIMOSEGUNDA. Normativa de aplicación.
Para lo no previsto en la presente convocatoria será de aplicación el Real
Decreto Legislativo 5/2015, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del
Estatuto Básico del/a Empleado/a Público/a; la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de
Régimen Local; el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se
aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones Legales vigentes en materia de
Régimen Local; la Ley 13/2015, de 8 de abril de Función Pública de Extremadura; el
Decreto 201/1995, de 26 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General
de Ingreso del Personal al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de
Extremadura; Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el
Reglamento General de Ingreso del personal al servicio de la Administración General
del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los/as
Funcionarios/as Civiles de la Administración General del Estado; el Decreto 111/2017,
de 18 de julio, por el que se regula el acceso de las personas con discapacidad al
empleo público de la Comunidad Autónoma de Extremadura y medidas favorecedoras
de la integración de los/as empleados/as públicos/as con discapacidad y en el Decreto
170/2002, de 17 de diciembre, por el que se regula el acceso al Empleo Público de la
Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura de ciudadanos/as
nacionales de otros Estados a los que sea aplicable el derecho de libre circulación de
trabajadores/as y de ciudadanos/as extranjeros/as residentes en España y demás
normas concordantes de general aplicación.
DÉCIMOTERCERA. Incidencias
Las presentes bases y convocatoria podrán ser impugnadas de conformidad
con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Contra la presente orden de convocatoria, que agota la vía administrativa,
los/as interesados/as podrán interponer, con carácter potestativo, recurso de
reposición ante la Alcaldía en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de
su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, o bien, interponer directamente
recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo
de Cáceres, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su
publicación en el Boletín Oficial de la Provincia. En caso de interponer recurso de
reposición, no se podrá impugnar en vía contencioso administrativa la presente orden,
hasta que se haya resuelto expresamente o se haya producido la desestimación
presunta de aquél. Todo ello sin perjuicio de ejercitar, en su caso, cualquier otro
recurso que estimen procedente.
En BELVIS DE MONROY, a fecha de la firma electrónica
Cód.
Validación:
4HDN6GJWPP6ASG5PNRH3HX7ED
Verificación:
https://belvisdemonroy.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
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BOP-2024-2491
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http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 9 de mayo de 2024
N.º 0088
Pág. 10699
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Teléfono 927575823-24 Fax 927575784
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procedimiento de selección queda informado y presta su consentimiento para el
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respecto a sus datos de carácter personal los derechos de acceso, rectificación,
cancelación y oposición previstos en la Ley Orgánica citada, mediante escrito a este
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Monroy (Cáceres). Asimismo a efectos de gestión del proceso de selección para el
que el /la aspirante ha autorizado la utilización de sus datos, éstos podrán ser
comunicados a terceros y en su caso publicados, con la única finalidad del desarrollo
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DÉCIMOSEGUNDA. Normativa de aplicación.
Para lo no previsto en la presente convocatoria será de aplicación el Real
Decreto Legislativo 5/2015, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del
Estatuto Básico del/a Empleado/a Público/a; la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de
Régimen Local; el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se
aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones Legales vigentes en materia de
Régimen Local; la Ley 13/2015, de 8 de abril de Función Pública de Extremadura; el
Decreto 201/1995, de 26 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General
de Ingreso del Personal al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de
Extremadura; Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el
Reglamento General de Ingreso del personal al servicio de la Administración General
del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los/as
Funcionarios/as Civiles de la Administración General del Estado; el Decreto 111/2017,
de 18 de julio, por el que se regula el acceso de las personas con discapacidad al
empleo público de la Comunidad Autónoma de Extremadura y medidas favorecedoras
de la integración de los/as empleados/as públicos/as con discapacidad y en el Decreto
170/2002, de 17 de diciembre, por el que se regula el acceso al Empleo Público de la
Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura de ciudadanos/as
nacionales de otros Estados a los que sea aplicable el derecho de libre circulación de
trabajadores/as y de ciudadanos/as extranjeros/as residentes en España y demás
normas concordantes de general aplicación.
DÉCIMOTERCERA. Incidencias
Las presentes bases y convocatoria podrán ser impugnadas de conformidad
con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Contra la presente orden de convocatoria, que agota la vía administrativa,
los/as interesados/as podrán interponer, con carácter potestativo, recurso de
reposición ante la Alcaldía en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de
su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, o bien, interponer directamente
recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo
de Cáceres, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su
publicación en el Boletín Oficial de la Provincia. En caso de interponer recurso de
reposición, no se podrá impugnar en vía contencioso administrativa la presente orden,
hasta que se haya resuelto expresamente o se haya producido la desestimación
presunta de aquél. Todo ello sin perjuicio de ejercitar, en su caso, cualquier otro
recurso que estimen procedente.
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