Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata. (BOP-2024-2446)
BOP-2024-2446 Convocatoria para la constitución de una bolsa de trabajo temporal de Educador/a Social.
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Ayuntamiento de Navalmoral de
la Mata
CUARTA. Plazo de presentación de solicitudes.
4.1.- El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles
contados a partir del siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el
Boletín Oficial de la provincia.
4.2.- Las solicitudes podrán presentarse en el Registro General del Excmo.
Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata, así como en cualquiera de las formas que
determina el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Si la documentación se
presenta a través de oficinas de Correos, la solicitud deberá ir en sobre abierto y
debidamente fechada y sellada por el personal de Correos, antes de ser certificada junto
con los documentos que se presenten.
4.3.- Finalizado el plazo de presentación de instancias, los datos consignados en
la solicitud serán vinculantes para la persona aspirante.
4.4.- El domicilio que figure en la solicitud se considerará el único válido a
efectos de notificaciones.
QUINTA. Derechos de examen.
5.1.- Los derechos de examen serán de 24,00 €, que se ingresarán en alguno de
los siguientes números de cuentas, indicando en el concepto “Bolsa de Trabajo de una
Plaza de Educador/a y DNI o nombre del aspirante”:
”ENTIDAD Nº CUENTA
BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA IBAN ES85 0182 6232 8102 0010 0798
UNICAJA IBAN ES35 2103 7102 4100 3001 7135
BANCO SANTANDER IBAN ES08 0049 2522 6124 1479 3427
En ningún caso la presentación y pago de las tasas supondrá la sustitución del
trámite de presentación en tiempo y forma de la solicitud, expresado en la Base 4.
5.2.- De acuerdo con lo establecido en la NOTA al epígrafe 5º. Beneficios
Fiscales, de la Ordenanza fiscal del Excmo. Ayuntamiento de Navalmoral de la
Mata reguladora de la Tasa por expedición de documentos administrativos, se
establecen los siguientes:
“NOTA al epígrafe 5º. Beneficios Fiscales:
1) Bonificaciones a favor de desempleados. Las personas que se encuentren en
situación de desempleo, debidamente inscritas en el Centro de Empleo
correspondiente a la fecha de expiración del plazo de presentación de
instancias, tendrán derecho a una bonificación del 50 por 100 de la cuota
prevista en el epígrafe anterior, por derecho de examen en las pruebas
selectivas para acceso a cualquier de los apartados anteriores, 1. y 2. Deberán
aportar certificación acreditativa del Centro de Empleo correspondiente
2) Beneficios fiscales a favor de personas discapacitadas. Las personas que
tengan reconocida por la Administración Pública competente un grado de
discapacidad superior al 33 por 100, abonarán por su participación en pruebas
selectivas a cualquiera de los apartados anteriores 1. y 2., la cantidad de cero
Cód.
Validación:
7X4K9M2PF26SMX6SD7EQQKQCN
Verificación:
https://aytonavalmoral.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
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Martes, 7 de mayo de 2024
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