Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Malpartida de Cáceres. (BOP-2024-2439)
BOP-2024-2439 Aprobación definitiva de la Modificación de la Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana.
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Por lo tanto el texto de la ordenanza fiscal remite a la Ley para la determinación de los
coeficientes, sin necesidad de modificar la ordenanza fiscal, aplicándose siempre los
coeficientes establecidos en la Ley. En consecuencia, resulta clara la remisión de esta
Ordenanza al TRLRHL y los coeficientes máximos que se determinen mediante norma con
rango legal, incluidas las leyes de presupuestos generales del Estado, y serán estos los que se
apliquen de forma automática, sin necesidad de proceder a la modificación de la presente
Ordenanza, porque se contienen en una norma con rango de Ley que ha realizado toda su
tramitación para la entrada en vigor y ha sido debidamente publicada.
DISPOSICIÓN FINAL.
Tercera. Entrada en vigor.
La presente ordenanza fiscal entrará en vigor, comenzando a aplicarse, el día siguiente de su
completa publicación de su aprobación definitiva en el Boletín Oficial de la Provincia de
Cáceres permaneciendo vigente hasta que se acuerde su modificación o derogación expresa.
Contra el presente Acuerdo, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la
0,09
14 años 0,09
15 años 0,09
16 años 0,10
17 años 0,13
18 años 0,17
19 años 0,23
Igual o superior a 20
años
0,40
CVE:
BOP-2024-2439
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 7 de mayo de 2024
N.º 0086
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