Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Guadalupe. (BOP-2024-2416)
BOP-2024-2416 Bases para la selección y contratación laboral, con carácter de personal laboral contratado por duración determinada de un/a Técnico/a de Turismo.
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La presentación de solicitudes, podrá realizarse en el Registro General de este
Ayuntamiento o en la forma establecida en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 2 de
octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Las solicitudes, ajustadas al modelo de instancia que se facilitará al efecto, se presentarán
en el Registro General de este Ayuntamiento, en horas y días hábiles de oficina, en el
plazo de 10 días hábiles desde su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de
Cáceres. Con posterioridad se publicará, en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres,
Tablón de Anuncios físico y Sede Electrónica, la lista provisional de admitidos, dándose
un plazo de 2 días hábiles para reclamaciones, publicándose la lista definitiva de
admitidos y fijándose la fecha de la prueba selectiva tanto en el Boletín Oficial de la
Provincia de Cáceres, Tablón de Anuncios físico y Sede Electrónica.
Los/las aspirantes con un grado de discapacidad igual o superior al 33 % deberán solicitar
en su instancia las adaptaciones y ajustes razonables necesarios de tiempo y medios para
la realización de las pruebas selectivas, debiendo reflejar las necesidades específicas que
tienen para acceder al proceso de selección en igualdad de condiciones.
A efectos de valorar la procedencia de la concesión de las adaptaciones solicitadas, se
solicitará al candidato/a el correspondiente certificado o información adicional. La
adaptación no se otorgará de forma automática, sino únicamente en aquellos casos en que
la discapacidad guarde relación directa con la prueba a realizar.
A la solicitud se le acompañará un proyecto de plan estratégico para su implementación
en el municipio, que tenga en cuenta aspectos como la formación del sector, la
dinamización y mejora de la oferta, la promoción, la realidad económico-social y cultural
del turismo en Guadalupe, etc…
4.- TRIBUNAL CALIFICADOR
El Tribunal Calificador, estará integrado por cinco miembros, designándose igual
número de suplentes. En la designación de sus miembros deberán respetarse los principios
de imparcialidad y de profesionalidad. Todos los miembros del Tribunal, titulares y
suplentes, habrán de ser empleados públicos y poseer una titulación igual o superior a la
requerida para el acceso a la plaza convocada.
CVE:
BOP-2024-2416
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 6 de mayo de 2024
N.º 0085
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