Sección II - Administración Autonómica. Junta de Extremadura. Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible. (BOP-2024-2322)
BOP-2024-2322 AT-9484. Soterramiento de los tramos de las LAMT, de 13,2 kV, L2-"Riegos", L4-"Talayuela", L6-STA. M.ª Lomas y L7-Vera Alta de entrada y salida de la STR 4862-Puente cuaterno, por compactación de esta, en el término municipal de Talayuela (Cáceres).
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Emplazamiento de la línea: Parcelas públicas y privadas, en el Polígono 1 – Parcelas
22, 23, 25 y 26 – Paraje La Vega y Polígono 1 – Parcela 9012 – Camino del Borbollón.
Nuevo vano de Línea aérea de media tensión
Origen: Nuevo apoyo A4 proyectado a instalar bajo la L-"Vera Alta".
Final: Nuevo apoyo A3 a instalar en D/C, que sustituye al actual apoyo 5001 de la L-
"Vera Alta" (común con Sta. M.ª Lomas).
Tipo de línea: aérea en simple circuito.
Tensión de servicio: 13,2 kV.
Tipo de conductor: 47-AL1/8-ST1A (LA-56).
Longitud total: 0,035 Km.
Emplazamiento de la línea: Terreno municipal, en el Polígono 1 – Parcela 23 – Paraje
La Vega.
Otras actuaciones:
Desmontaje los tramos de las LAMT "Riegos", "Talayuela", “Sta. M.ª Lomas” y "Vera
Alta" entre los apoyos 5001 de las mismas (a desmontar) y las posiciones de línea que
ocupan actualmente en la STR "Puente Cuaterno", así como los tramos de los nuevos
vanos a tender, en una longitud total de 0,201 Km, así como los citados apoyos 5001 de
las tres líneas y el 5002 de la L6.
Instalación de 5 nuevos apoyos (A1, A2, A3, A4 y A5).
La declaración de utilidad pública se otorga bajo las siguientes condiciones:
- La Empresa queda obligada en todo momento a dar cumplimiento a lo establecido en la Ley
24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, y en sus disposiciones de desarrollo.
- Esta resolución se emite sin perjuicio e independientemente de las autorizaciones, licencias,
concesiones o permisos de competencia municipal o de otros organismos y entidades,
necesarias para la realización de las obras y el establecimiento de las instalaciones a las que
se refiere esta resolución, así como las relacionadas, en su caso, con sus instalaciones
auxiliares y complementarias.
La Empresa deberá ajustarse en todo momento al proyecto presentado. Las modificaciones
que deban ser introducidas deberán disponer previamente de la correspondiente autorización,
sin la cual no podrán ser ejecutadas.
CVE:
BOP-2024-2322
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 30 de abril de 2024
N.º 0082
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