Sección I - Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad Integral de Municipios Valle del Alagón. (BOP-2024-2255)
BOP-2024-2255 Bases proceso selectivo plaza Conductor-Maquinista.
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c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación
forzosa. Sólo por ley podrá establecerse otra edad máxima, distinta de la edad de jubilación
forzosa, para el acceso al empleo público.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las
Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades
Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos
por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario/a, o para ejercer
funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese
sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse
inhabilitado/a o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o
equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleado público.
e) Poseer la titulación exigida. Tal y como recoge el Reglamento General de Conductores,
estar en posesión de alguna de estas licencias: C, y CAP en vigor, y además se debe tener al
menos un curso de maquinaria pesada sin límite máximo homologado por una entidad
certificadora oficial.
Para poder participar en el proceso de selección los/as aspirantes deberán abonar la tasa por
derechos de examen, que serán satisfechos por los/as aspirantes con motivo de la
presentación de su instancia, a través de la siguiente Cuenta Bancaria: Titular Mancomunidad
Integral de Municipios Valle del Alagón. Entidad: ABANCA. Cuenta nº: IBAN ES83 2080 3596
3130 4000 3771; fijada en la cantidad de: 15 euros.
En el ingreso, se deberá especificar: Nombre, apellidos y DNI del aspirante.
Será causa de exclusión del proceso selectivo, el no abono de los derechos de examen en
tiempo y forma o en su defecto acreditar poder acogerse a las exenciones de pago reguladas
en la tasa.
Los/as aspirantes podrán acogerse a los beneficios fiscales, regulados en el artículo 4 de la
ordenanza Fiscal Reguladora de los Derechos de Examen de esta Administración, publicada
en el BOP de la Provincia de Cáceres n.º 234, de 4 de diciembre de 2009. A estos efectos
estarán exentas de dicho pago las personas demandantes de empleo con una antigüedad igual
o superior a 6 meses contados desde la fecha de la finalización del plazo de presentación de
solicitudes. Para acreditar dicha situación el/la aspirante deberá presentar, junto con la
solicitud, el correspondiente certificado emitido por un Servicio Público de Empleo, de carácter
Estatal u Autonómico. Estos requisitos deberán poseerse como fecha límite el último día del
plazo de presentación de instancias.
CVE:
BOP-2024-2255
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 26 de abril de 2024
N.º 0080
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