Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Plasencia. (BOP-2024-2246)
BOP-2024-2246 Bases para la provisión de 2 puestos de Oficial de Policía Local en régimen de Comisión de Servicios Voluntaria, mediante el procedimiento de Concurso de Méritos.
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DÉCIMO SEGUNDA.- INCIDENCIAS.
La Comisión queda facultada para resolver las dudas que puedan presentarse y
adoptar resoluciones, criterios o medidas necesarias para el buen orden del proceso
en aquellos aspectos no previstos en estas bases, siendo en todo caso aplicable, para
lo no previsto en la presente convocatoria: la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de
las Bases del Régimen Local; el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por
el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia
de Régimen Local; Ley 13/2015, de 8 de abril, de la Función Pública de Extremadura;
Ley 7/2017, de 1 de agosto, de Coordinación de Policías Locales de Extremadura, el
Decreto 64/2022, de 8 de junio, por el que se regulan los sistemas de selección, la
provisión de puestos y la movilidad de las Policías Locales de Extremadura, así como
el Tribunal único, el Decreto 218/2009, de 9 de octubre, de la Consejería de
Administración Pública y Hacienda, por el que se aprueban las Normas Marco de los
Policías Locales de Extremadura; y demás normas concordantes de aplicación.
DÉCIMO TERCERA.- PROTECCION DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL.
Por el solo hecho de su participación en el presente proceso selectivo, se presta el
consentimiento para que los datos de carácter personal facilitados por ellos sean
incorporados en los ficheros automatizados del Negociado de Personal, cuya finalidad
es la de ser utilizados para la gestión del personal en todos sus aspectos: formación,
selección y promoción interna, retribuciones, estadísticas relativas al mismo,
prevención de riesgos laborales, incompatibilidades y otros extremos. El Excmo.
Ayuntamiento de Plasencia, como responsable del fichero mencionado, garantiza el
pleno cumplimiento de la normativa de protección de datos de carácter personal, y así,
de acuerdo con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, los participantes en el
presente procedimiento quedan informados y prestan su consentimiento para el
tratamiento de los datos de carácter personal facilitados. Podrán ejercitar respecto a
sus datos de carácter personal, los derechos de acceso, rectificación, cancelación y
oposición previstos en la Ley Orgánica citada, mediante escrito dirigido al
Ayuntamiento de Plasencia, Negociado de Personal, C/ Rey, PLASENCIA. 10600.
Asimismo, a efectos de gestión del proceso para el que los participantes han
autorizado la utilización de sus datos, estos podrán ser comunicados a terceros, con la
única finalidad del desarrollo del proceso selectivo correspondiente.
DECIMO CUARTA.- IGUALDAD DE GÉNERO.
En cumplimiento del principio de igualdad entre hombres y mujeres, en la redacción de
las presentes bases se ha utilizado el género gramatical masculino con el fin de
designar a todos los individuos, sin distinción de sexos.
DÉCIMO QUINTA.- BASE FINAL.
Contra estas bases, su convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de las
mismas y de las actuaciones de la Comisión, se podrán interponer impugnaciones por
las personas interesadas en los casos y en la forma establecidos por la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas.
Contra la convocatoria y sus bases, que agotan la vía administrativa, se podrá
interponer Recurso de Reposición, en el plazo de un mes ante la Alcaldía, previo al
contencioso-administrativo, que será de dos meses, a contar desde el día siguiente al
de la publicación de las bases en el B.O.P. de Cáceres (artículo 46 de la ley 29/1998,
de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa).
CVE:
BOP-2024-2246
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 26 de abril de 2024
N.º 0080
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